Capítulo 1
Almacenamiento de medios y productos para el control de plagas
4. Actuación en casos de derrames, accidentes o incendios
5. Cumplimiento de los procedimientos establecidos en el almacenamiento
6. Figura del consejero de seguridad
El uso de productos fitosanitarios y biocidas se encuentra muy controlado mediante leyes y normas. Estos son productos químicos con un alto grado de peligrosidad, por lo que deben quedar regulados.
El almacenamiento de este tipo de productos va a quedar marcado, principalmente, por el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
Para un correcto almacenamiento, debe seguirse una serie de pautas marcadas en este capítulo, tales como el acondicionamiento interior del almacén; la correcta distribución de los productos, ya sea por el tipo de producto, por toxicidad u otros riesgos; seguir el reglamento en caso de derrames, accidentes o incendios, y cumplir con los procedimientos de almacenamiento de maquinaria y material auxiliar.
El almacenamiento de los productos fitosanitarios y biocidas, se llevará a cabo en instalaciones adecuadas, siguiendo las normas establecidas bajo la normativa vigente, reflejada de entre otras en el ya citado Real Decreto 656/2017 de 23 de junio y reconociéndose en conjunto como RAPQ (Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos).
La normativa tiene como finalidad incrementar la seguridad de las instalaciones de almacenamiento, evitando daños a personas, bienes y medio ambiente. Para ello, presenta un total de 11 Instrucciones Técnicas Complementarias, en las que destacan el almacenamiento de productos químicos peligrosos en recipientes móviles, quedando regulado por una ITC específica, la MIE APQ-10.
En este caso, las instalaciones referidas al acondicionamiento interior del almacén, hacen centrarse en los denominados recipientes fijos (ITC MIE APQ-1, ITC MIE APQ-2, ITC MIE APQ-3, ITC MIE APQ-4, ITC MIE APQ-6, ITC MIE APQ-7), quedando excluidos los recipientes móviles, denominados mediante el ITC MIE APQ-10. Por su lado, las ITCs dedicadas al almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno (MIE APQ-8) y los peróxidos orgánicos y materias autorreactivas (MIE APQ-9), se describen según el concepto general recogido en el apartado definiciones del Real Decreto ya citado.
Dichas instalaciones, requieren de un control, estableciéndose cada cinco años a partir de la puesta en servicio, o de sus modificaciones o ampliaciones, debiendo presentarse un certificado acreditado en conformidad con un organismo de control habilitado, incluyendo entre otros, datos como:
Nota
Las instalaciones dedicadas al almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, deben justificar sus características siendo necesario presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma, una declaración responsable, incluyendo las indicaciones del Artículo 3. Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones, recogido en el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, ya citado.
Cada ITC impone unas necesidades específicas de almacenado, no obstante, se reconocen como condiciones generales las siguientes:
Importante
Las características de los almacenes vienen dadas por el Real Decreto 656/2017 siempre que las cantidades a almacenar superen las dictadas por la Tabla I de dicho reglamento. De lo contrario la regulación se impondrá bajo el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre en su artículo 40 y el Real Decreto 3349/1983 en su artículo 6.
Los almacenes deberán disponer de ventilación natural o forzada, de forma que el riesgo de exposición de los trabajadores esté adecuadamente controlado de acuerdo con el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
Es importante que el diseño del almacén tenga presentes especialmente las características de los vapores a los que pudieran estar expuestos y del foco de emisión, la captación en el origen de los mismos y su posible transmisión al medio ambiente.
En los almacenes dispuestos dentro de los edificios, la ventilación se canalizará a un lugar seguro del exterior mediante conductos exclusivos para tal fin, teniéndose en cuenta los niveles de emisión a la atmósfera admisibles, siendo además necesaria cuando se emplee ventilación forzada, la instalación de sistemas de alarma en caso de avería.
En almacenes situados en fosos o sótanos con posible acumulación de vapores se impondrá ventilación forzada.
La instalación eléctrica se ejecutará de acuerdo con las exigencias establecidas por el Reglamento electrotécnico aprobado por el Real Decreto 842/2002, considerando además las instrucciones técnicas complementarias y en particular las indicadas por la ITC-BT-29 «Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión».
Al mismo tiempo, las instalaciones eléctricas destinadas al movimiento de los elementos mecánicos serán adecuadas en base a las exigencias derivadas de las características del producto almacenado.
En cuanto a la iluminación, es importante indicar que el lugar de almacenamiento deberá estar convenientemente iluminado para el acceso y manipulación de los productos respetando el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. En torno a su instalación debe evitar que el calentamiento de los productos químicos peligrosos pudiera generar una reacción peligrosa.
Todo almacén destinado al almacenamiento de biocidas y productos fitosanitarios deberá contar con sumideros suficientes y adecuados, siendo su instalación destinada a recoger y canalizar cualquier derrame, evacuación de fluidos residuales, agua de lluvia, de proceso, de servicios contra incendios y otros similares.
Su construcción y diseño serán adecuados para resistir el posible ataque químico de los productos que deben transportar.
La instalación correcta del sumidero requiere de una pendiente mínima del suelo (pendiente mínima de 1 % en suelo o cubetos empleados para el almacenamiento). Su instalación diferenciará al mismo tiempo, la canalización en caso de productos peligrosos, los cuales no pueden llegar a cauces públicos y los destinados a la recogida de productos no peligrosos, que si podrán hacerlo. Así, los sumideros destinados a recoger productos peligrosos se conectarán con la red de aguas contaminadas o a un recipiente o balsa de recogidas, sin que afecte a otros puestos de carga ni otras instalaciones.
Las puertas forman parte del sistema de seguridad, debiendo asegurar al mismo tiempo la estanqueidad de los productos almacenados.
Es común en toda instalación, la instalación mínima de dos puertas practicables en caso de emergencia, situadas en lados opuestos.
Los almacenes cerrados dispondrán al menos de dos puertas de acceso señalizadas, situadas en direcciones opuestas, con fácil apertura hacia el exterior y libres de obstáculos. Al mismo tiempo, es necesario indicar que las puertas que abran sobre vías exteriores deben tener un ancho suficiente o una zona adecuada de giro para que la entrada y salida de vehículos no exija maniobra.
Por su lado, es importante destacar que en las puertas se mostrarán claramente las siguientes señales:
Además, adicionalmente se deberá disponer en el exterior del almacenamiento e información actualizada sobre:
Importante
Las puertas de los almacenes deben ser estancos al líquido, evitando el flujo de líquidos a áreas adjuntas.
Por la composición química, ciertos productos fitosanitarios y biocidas, pueden resultar inflamables, a lo que hay que añadir el posible riesgo de incendio de los propios envases.
Debe existir un plan de actuación claro y que esté en conocimiento de todo el personal para prevenir el riesgo de incendio.
Algunas de las medidas a establecer son del tipo:
La prevención de incendios para este tipo de almacenes diferencia entre protección pasiva y activa. Así, en la protección pasiva contra incendios es importante tener presente que la estructura y los muros de la zona de almacenamiento serán independientes del edificio, así como la cubierta que no tenga la misma titularidad. En caso de almacenes de más de 300 m2 se deben instalar rociadores automáticos pudiendo así duplicar la superficie, siempre que no sean exigidos preceptivamente.
Nota
En todo caso, al menos dos de los laterales del almacenamiento han de ser fácilmente accesibles a las brigadas contra incendios.
En cuanto a la protección contra incendios activa, se deben implantar las indicaciones expuestas en el artículo 11 del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, sin necesidad de aplicar ninguna otra normativa de protección. De esta normativa, se extraen los siguientes principios:
10 l/min.m2 para el grupo de almacenamiento 3. |
15 l/min.m2 para el grupo de almacenamiento 2. |
20 l/min.m2 para el grupo de almacenamiento 1. |
Importante
La especificidad de los productos, hace que se requiera de notas específicas en torno a la lucha contra incendios. Así, por ejemplo en el caso de almacenes destinados a productos pirofóricos (Peligro H250), según la normativa de protección contra incendios, indica necesaria la construcción como mínimo con paredes REI 120, disponiéndose de sistemas de extinción fijo contra incendios, que no contenga ni usen agua, de acuerdo a la correspondiente norma UNE, siempre que el almacenamiento supere los 50 l (líquido) o los 50 kg (sólido).
Actividades
1. Lleva a cabo una búsqueda de las medidas específicas contra incendios (medidas activas y medidas pasivas) según el producto a almacenar. Todo ello en base al Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.
Aplicación práctica
Se ha provocado un incendio en un almacén de biocidas y productos fitosanitarios. En concreto se trata de un almacén de productos inflamables y combustibles «MIE APQ-1».
Como integrante del equipo de extinción y sabiendo que existe una categoría de almacenamiento subclase B1, se lleva a cabo el acopio de agua para su extinción. ¿Se ha actuado de forma correcta?
SOLUCIÓN
No, en este caso, el agua no es un medio de extinción adecuado para este tipo de producto.
Se debe dotar de protección con espuma, asegurando que:
El plan de almacenamiento de los productos fitosanitarios y biocidas va a depender de la naturaleza del producto, la cantidad admisible, la sección en la que se encuentra y la cantidad que puede almacenarse en cada sección.
Según el producto, el almacenamiento de los fitosanitarios y biocidas va a depender del tipo de agente contra el que actúen o su forma de presentación.
De este modo, por el efecto que causan sobre los agentes, destacan:
Por la forma de presentación, están los sólidos, los líquidos y los gaseosos. Dentro de cada uno de ellos y por la forma de la materia activa, se encuentran diferentes tipos.
En los formulados sólidos, se hallan:
Presenta diversas variedades: gránulos mojables (WG), el tamaño de sus gránulos es mayor que el de los polvos, microgránulos (MG) y solubles (SG). Estas variedades se presentan para no manejar los polvos que son más peligrosos; se les añade agua para formar una suspensión o una disolución.
Los formulados líquidos se presentan en:
Los formulados gaseosos son del tipo:
Importante
A la hora de utilizar los productos fitosanitarios y biocidas, ha de estarse en posesión del carné de manipulador de productos fitosanitarios. Existen varios niveles: básico, cualificado, fumigador y piloto aplicador.
A la hora del almacenamiento, deben quedar bien diferenciados los productos tanto según el agente que ataque como por su presentación, es decir, no deben mezclarse los productos; por lo tanto, han de quedar separados los insecticidas, los herbicidas, los acaricidas, etc. Según la presentación, deben quedar separados los líquidos de los sólidos y, cuando se coloquen en estanterías o soportes, los líquidos han de estar situados en la parte inferior y los sólidos, en la parte superior de estos. Ambos han de quedar correctamente señalizados.
Distribución de productos fitosanitarios y biocidas en un almacén
Los productos deben quedar bien cerrados y correctamente etiquetados, en posición vertical, con el cierre hacia arriba y evitando que entren en contacto con el suelo.
A la hora de almacenar los productos debe cumplirse que el primero en entrar sea el primero en salir para que no se quede largos periodos de tiempo almacenado. Se realizarán inspecciones periódicas para verificar el correcto estado del almacén y los productos para poder corregir las anomalías.
Actividades
2. Explique qué son las materias o los ingredientes inertes, así como los coadyuvantes, y dónde deben almacenarse.
3. Describa cómo se clasifican los productos según su comportamiento en la planta.
El almacenamiento de productos tóxicos debe quedar perfectamente señalizado, tanto en el interior del almacén como en el etiquetado de los productos.
De este modo, el Reglamento (CE) 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas establece que los productos deben llevar una etiqueta en la lengua oficial del Estado en el que se comercialicen y señala las indicaciones que deben llevar. Entre otras indicaciones, destacan el nombre, las instrucciones de almacenamiento, las advertencias y los primeros auxilios, la forma de presentación y la plaga contra la que lucha, entre otras, así como la que interesa en este apartado: la toxicología.
Etiqueta de un producto fitosanitario
De este modo, la toxicología se presenta del siguiente modo:
Por último, la toxicología también indica el peligro mediante la siguiente numerología:
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GHS01 |
H200: Explosivo inestable H201: Explosivo peligroso de explosión en masa H202: Explosivo, grave peligro de proyección H203: Explosivo, peligro de incendio, de onda expansiva o de proyección H204: Peligro de incendio o de proyección H240: Peligro de explosión en caso de calentamiento H241: Peligro de incendio o explosión en caso de calentamiento |
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GHS02 |
H220: Gas extremadamente inflamable H221: Gas inflamable H222: Aerosol extremadamente inflamable H223: Aerosol inflamable H224: Líquido y vapores extremadamente inflamables H225: Líquidos y vapores muy inflamables H226: Líquidos y vapores inflamables H228: Sólido inflamable H241: Peligro de incendio o explosión en caso de calentamiento H242: Peligro de incendio en caso de calentamiento H250: Se inflama espontáneamente en contacto con el aire. H251: Se calienta espontáneamente; puede inflamarse H252: Se calienta espontáneamente en grandes cantidades; puede inflamarse H260: En contacto con el agua desprende gases inflamables que pueden inflamarse espontáneamente H261: En contacto con el agua desprende gases inflamables |
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GHS03 |
H270: Puede provocar o agravar un incendio; comburente. H271: Puede provocar un incendio o una explosión; muy comburente. H272: Puede agravar un incendio; comburente. |
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GHS04 |
H280: Contiene gas a presión; peligro de explosión en caso de calentamiento H281: Contiene un gas refrigerado; puede provocar quemaduras o lesiones criogénicas |
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GHS05 |
H290: Puede ser corrosivo para los metales H314: Provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares graves H318: Provoca lesiones oculares graves |
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GHS06 |
H300: Mortal en caso de ingestión H301: Tóxico en caso de ingestión H310: Mortal en caso de contacto con la piel H311: Tóxico en contacto con la piel H330: Mortal en caso de inhalación H331: Tóxico en caso de inhalación |
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GHS07 |
H302: Nocivo en caso de ingestión H312: Nocivo en contacto con la piel H315: Provoca irritación cutánea H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel H319: Provoca irritación ocular grave H332: Nocivo en caso de inhalación H335: Puede irritar las vías respiratorias H336: Puede provocar somnolencia o vértigo |
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GHS08 |
H304: Puede ser mortal en caso de ingestión y penetración en las vías respiratorias H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación H340: Puede provocar defectos genéticos H341: Se sospecha que puede provocar defectos genéticos H350: Puede provocar cáncer H351: Se sospecha que puede provocar cáncer H360: Puede perjudicar a la fertilidad o dañar al feto |
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GHS08 |
H361: Se sospecha que puede perjudicar a la fertilidad o dañar al feto H362: Puede perjudicar a los niños alimentados con leche materna H370: Provoca daños en los órganos H371: Puede provocar daños en los órganos H372: Provoca daños en los órganos tras exposición prolongada o reiterada |
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GHS09 |
H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos |
Una de las medidas básicas para el almacenamiento seguro es tratar de evitar las incompatibilidades que se dan entre los distintos grupos de productos químicos presentes, por ejemplo, los productos combustibles deben estar lo más lejos posible de los inflamables. Estas incompatibilidades se describen en la tabla siguiente.
Donde:
A la hora de hacer el almacenamiento conjunto de los productos, deben seguirse las indicaciones de la instrucción técnica complementaria más severa, es decir, la que presente mayores requisitos de seguridad y la que proponga más distancia entre las instalaciones y mayor distancia entre los recipientes.
En cuanto al almacenamiento conjunto hay que tener presentes las siguientes restricciones impuestas por la normativa vigente, determinando si el almacenamiento puede ser sin restricción o debe ser separado o independiente.
Aplicación práctica
Se tiene que proceder al almacenamiento de los nuevos productos recepcionados. Concretamente se trata de productos con la siguiente denominación:
¿Se podrán almacenar de forma conjunta? ¿Cómo podrías llevarlo a cabo?
SOLUCIÓN
Los productos dados no podrán ser almacenados de forma conjunta. Ten presente que los productos catalogados como GHS01, solo podrán almacenarse conjuntamente con los productos GHS02, GHS03, GHS07 y GHS09
En cuanto a los productos GHS04 y GHS05, no podrán ser almacenados en conjunto con ninguno de los expuestos, debiéndose almacenar de forma independiente.
Finalmente, los productos GHS08 sí que podrán ser almacenados junto con otros productos, no obstante no se reconocen en el listado a almacenar.
Por tanto, no será posible el almacenamiento conjunto debiendo establecer medidas en base a la normativa vigente.
Actividades
4. Profundiza sobre las necesidades de almacenamiento de los productos fitosanitarios y biocidas centrándote en alguna de las categorías derivadas de la clasificación impuesta por el Real Decreto 656/2017 de 23 de junio.
De forma general, los accidentes más comunes a la hora de almacenar los productos fitosanitarios y biocidas vienen causados por los incendios, los derrames o la contaminación de los manipuladores de los productos al entrar en contacto con ellos. Por tanto, han de preverse todas las medidas de seguridad posibles para minimizar o evitar los posibles accidentes.
Los derrames de los productos pueden producirse durante su transporte, almacenamiento, mezcla o aplicación. Por lo que, si se produce, lo primero que debe hacerse es evitar que siga derramándose. En los derrames de pequeña magnitud, aquel o aquellos que vayan a realizar la operación de retirada o recogida deben llevar el equipo de protección individual (EPI) correspondiente —mascarillas, guantes, botas y mono completo— y, si fuese necesario, tratar de buscar ayuda. Algunas indicaciones que es aconsejable seguir en caso de derrames de pequeña magnitud son:
Si lo que se produce es un derrame de gran magnitud, ha de llamarse al servicio de emergencias del 112 para informar del accidente y del tipo de carga que se transportaba.
En caso de derrame, el operario debe portar los EPI correspondientes y recoger las sustancias tóxicas con seguridad.
Nota
Los materiales inertes más utilizados en caso de derrames líquidos son la arena y la sepiolita para su absorción.
Uno de los accidentes más comunes en el uso de este tipo de productos es la intoxicación, que puede darse por vía digestiva, respiratoria o cutánea.
Nota
En caso de suceder un accidente, ha de cumplirse con los planes de emergencia como estipulan las instrucciones técnicas complementarias y con lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en concreto, en los artículos 4, 8, 17 y 18.
En el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y, en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se definen los posibles riesgos que pueden aparecer en caso de accidentes y se dan las normas de seguridad para la protección del personal encargado de utilizar productos fitosanitarios.
En caso de producirse dichas intoxicaciones, hay que proteger, avisar y socorrer (conocido como actuación PAS). Proteger mediante los EPI necesarios, avisar al médico o asistencia sanitaria e, incluso, al Servicio de Información Toxicológica y socorrer observando los signos vitales, comprobando si está consciente y si tiene pulso y respira y realizando las maniobras de primeros auxilios necesarias, que son:
Actividades
5. Infórmese sobre algunas de las norma técnicas de prevención que el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo destaca para los primeros auxilios.
Si la intoxicación no es de carácter grave y no requiere de las maniobras de primeros auxilios antes descritas, bastará con lavar abundantemente con agua y jabón la zona afectada, quitar el polvo de los productos cepillándolos, cambiarse de ropa y beber abundante agua. Además, se llamará al Instituto Nacional de Toxicología y se seguirán sus instrucciones.
Nota
El número de atención del Instituto Nacional de Toxicología es el 91 562 04 20 y está disponible las 24 h del día, todos los días del año.
Después de sufrir una intoxicación por plaguicida, se recomienda:
Otro de los accidentes que pueden ocurrir son los daños dorsolumbares debido a un mal manejo de las cargas. Para evitarlos, debe manipularse la carga de manera correcta: flexionar las rodillas, mantener la espalda recta al agacharse y levantarse o, en su defecto, utilizar los equipos existentes, tales como grúas, máquinas elevadoras, etc.
Puede darse el caso de sufrir traumatismos debido a la caída de las cargas sobre el operario o, incluso, a caídas propias al mismo nivel o a distinto nivel por el uso de escalas. Estos traumatismos pueden ser del tipo fracturas, luxaciones o esguinces. En tales casos, debe asegurarse de la permeabilidad de la vía aérea, comprobar la circulación sanguínea, controlar la hemorragia externa en caso de que se produjese y, si se duda de la existencia de una fractura, actuar como si la hubiera e inmovilizar adecuadamente. En el caso de que sea el cuello el que sufre el traumatismo, debe inmovilizarse el eje cabeza-cuello-tronco.
Las quemaduras pueden ser químicas, producidas por los productos fitosanitarios y biocidas, o térmicas, producidas por el calor o la electricidad. Las más comunes en este caso son las químicas, que se neutralizan con el agente correspondiente; si no se tuviese, sería necesario aplicar agua en chorro durante más de 20 min.
Para un correcto control de incendios y poder prevenirlos en caso de accidentes, es recomendable:
Nota
En caso de que se produzca un incendio, el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, indica cuáles han de ser las señales relativas a los equipos de lucha contra incendios y, en el anexo I del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, se señalan las condiciones de protección contra incendios. Además, en el capítulo IV de la instrucción técnica complementaria MIE APQ-1, indica la protección contra incendios en instalaciones fijas de superficie.
A la hora de usar un extintor, hay que:
Cuando se ha producido el incendio, si se prende la ropa, se recomienda tirarse al suelo y rodar de lado a lado, pero nunca correr ni aplicar el extintor contra otra persona que esté quemándose. A la hora de cruzar por zonas con humo, debe agacharse la cabeza o andar a gatas y cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo húmedo.
En caso de sufrir quemaduras, para saber cómo actuar, estas deben clasificarse según su profundidad en quemaduras de primer grado, segundo grado superficial, segundo grado profunda y tercer grado o subdérmica. Normalmente, ha de enfriarse el área quemada con soluciones salinas, cubrirla con apósitos o compresas húmedas y trasladar al accidentado a un centro especializado.
Actividades
6. Apunte cómo debe actuarse en caso de sufrir quemaduras y cuáles son los primeros auxilios a realizar.
Aplicación práctica
Un operario se ha quemado el brazo al caerle encima un producto biocida que se encontraba abierto y sus vapores le han provocado un mareo, aunque no ha llegado a perder la consciencia.
Especifique qué tipo de accidentes ha sufrido. En la quemadura del brazo, se ha aplicado un poco de crema; deduzca si se ha actuado correctamente. Mencione cómo debe actuarse en el caso del mareo.
SOLUCIÓN
Ha sufrido quemaduras por sustancias químicas e intoxicación por inhalación de los vapores.
En el caso de la quemadura, no se ha actuado correctamente, puesto que tendría que haberse neutralizado con el agente correspondiente indicado por el Instituto Nacional de Toxicología o haberse aplicado agua durante, al menos, 20 min.
Respecto a la intoxicación, al no haberse quedado inconsciente, basta con lavar con agua y jabón la zona afectada, cambiarse de ropa y beber abundante agua.
En este apartado, va a detallarse brevemente la maquinaria y el material auxiliar, los EPI y los residuos y a comentarse el método de almacenamiento para cada caso.
En el Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios se describe la regulación y el mantenimiento de la maquinaria y los materiales auxiliares que se utilizan para la aplicación de los productos fitosanitarios. En este real decreto, se determinan los equipos de inspección, cuándo deben realizarse las inspecciones, dónde han de realizarse las inspecciones, qué personal es el encargado de realizarlas y qué preparación ha de tener, así como el procedimiento de inspección a seguir.
Debido a la gran variedad de equipos definidos en el real decreto y existentes en el mercado, ha de asegurarse de que funcionen correctamente y sean fiables en su funcionabilidad. La maquinaria y los equipos más utilizados para la aplicación de productos fitosanitarios son:
Nota
Los equipos de aplicación de fitosanitarios y biocidas han de estar registrados en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola) o incluidos en el censo de equipos a inspeccionar. La ITEAF (Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios) es la encargada de realizar las revisiones y reglajes de los equipos.
Estos equipos, además, deben cumplir con la finalidad para la que se diseñan: garantizar que los productos fitosanitarios y biocidas puedan dosificarse y distribuirse correctamente. Deben encontrarse en condiciones aptas que permitan su llenado y vaciado de forma segura, sencilla y completa para que no se produzcan fugas de los productos que se utilizan.
Por tanto, estos equipos deben almacenarse en lugares secos y aquellos que son de menor tamaño y portátiles, así como sus piezas desmontables, y que forman parte del material auxiliar de los equipos y maquinarias, han de colocarse alejados del suelo. Los equipos de tratamiento deben guardarse resguardados de la lluvia.
Debe permitirse que la limpieza de estos equipos y máquinas sea completa y sencilla, tanto su limpieza interna como externa. Esta se realizará en una zona donde no haya peligro de contaminación, de forma diaria y con máquinas de alta presión. Debe llevarse a cabo al final de cada jornada y antes de guardar la maquinaria.
Los elementos comunes de los equipos vienen definidos en el Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre; estos son:
En el artículo 6.3 del Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, se describen las cámaras de fumigación, los túneles de pulverización y demás instalaciones destinadas a efectuar tratamientos con plaguicidas clasificados como tóxicos o muy tóxicos; que han de cumplir las siguientes condiciones:
Almacenamiento de productos fitosanitarios
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales define el equipo de protección individual (EPI) como “cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que lo proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin”.
Como norma general, los EPI deben almacenarse en lugares secos y protegidos de las condiciones climáticas adversas y evitando la exposición a la luz solar. No obstante, han de seguirse las instrucciones y recomendaciones que da el fabricante de los equipos. Se recomienda revisar el estado de estos previamente a su uso y desecharlos en el caso de que presenten defectos. Además, se aconseja establecer un calendario de sustitución de los equipos, aunque no presenten daños a primera vista.
Tal y como indica el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, los EPI deben:
Así mismo, indica que el empresario está obligado a:
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, en sus anexos, describe los principales EPI existentes y sus funciones, tal y como se expone a continuación.
Protegen ante la caída de objetos, choques con cargas en altura, de posibles aplastamientos, ante descargas eléctricas de baja tensión e, incluso, de posibles golpes de calor en el campo. Existen:
Protector de cabeza
Protegen de los altos decibelios en las actividades realizadas. El ruido puede ser continuo o repentino. Destacan:
Protectores del oído
Protegen de proyecciones de partículas y fluidos en trabajos de soldadura y ante posibles insolaciones. Están:
Protectores de los ojos y de la cara
Sirven contra contaminantes atmosféricos, bien en forma de partículas como el polvo, bien en forma de gases y vapores como los purines. Sirven incluso contra la inhalación de elementos patógenos biológicos causantes de enfermedades. Existen:
Protectores de las vías respiratorias
Protegen de cortes, ante objetos punzantes, quemaduras, electrocuciones, materiales corrosivos, manejo de máquinas, cuchillos, etc. Existen:
Protectores de manos y brazos
Disminuyen las consecuencias de los pisotones de los animales y protegen de bajas y medianas cargas eléctricas, además de las variaciones de temperatura, ante resbalones, golpes y caídas de cargas en el pie. Destacan:
Protectores de piernas y pies
Se usan durante el trabajo con equipos y máquinas y protegen de posibles golpes, cortes, vibraciones, quemaduras, etc. Existen:
Mandil de protección
Se necesitan para trabajos que pueden producir riesgos de caídas a distinto nivel, trabajos con máquinas y equipos, contra riesgos eléctricos, quemaduras, riesgos biológicos y contra el uso de fitosanitarios. Se distinguen:
Protección total del cuerpo
Actividades
7. Argumente si es obligatorio el uso de EPI.
8. Indique quién es el encargado de suministrar a los trabajadores los equipos de protección y si debe darles instrucciones de cómo usarlos.
Algunas recomendaciones generales en el uso de los EPI son:
La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, define residuo de un producto fitosanitario como:
La sustancia o sustancias presentes en los vegetales, productos vegetales o sus transformados, productos comestibles de origen animal o en el medioambiente que constituyan los restos de la utilización de un producto fitosanitario, incluidos sus metabolitos y los productos resultantes de su degradación o reacción.
Unido a este concepto, aparecen otros términos necesarios para conocer los problemas que son capaces de causar los residuos, que son:
Los residuos de los plaguicidas se producen por su uso inadecuado, tales como:
También son residuos aquellos elementos que, después de su uso, han de ser eliminados correctamente para que no resulten peligrosos para el medioambiente, los animales y las personas. Por ejemplo, envases de fitosanitarios, restos de cosecha, plásticos, mallas, maquinarias obsoletas, lubricantes, etc.
De carácter general, para los residuos y envases de productos fitosanitarios, debe seguirse lo indicado en el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
De forma general, esta normativa indica necesario minimizar la generación de residuos, planteando límites máximos de residuos así como necesidades de reciclado para cada uno de ellos. De forma específica, y dada la naturaleza de los envases y elementos asociados a los productos fitosanitarios, se establece un sistema de depósito, devolución y retorno, describiendo las condiciones de conservación, vaciado y limpieza o cualesquiera otras definidas.
El artículo 44 del citado real decreto, describe al respecto, entre otros, los siguientes procesos:
A su vez, hay que tener en cuenta que por parte de la empresa que almacene los productos fitosanitarios y biocidas, es aconsejable impulsar los sistemas de retirada de envases mediante el diseño de un plan de control y su puesta en marcha empleando controles anuales, así como campañas informativas y de formación de los trabajadores, y la Administración debe propiciar los sistemas de retirada para la gestión de pequeñas cantidades.
Por tanto, la gestión de residuos debe realizarse mediante el principio de las tres R: reducir, reutilizar (si es posible) y reciclar. Para ello:
A la hora de eliminar los envases vacíos, previamente, estos han de lavarse y descontaminarse en la misma zona en la que esté situado el depósito de preparación de caldos. En el momento de realizar el lavado de los envases, debe disponerse de los EPI adecuados para evitar la contaminación y los daños inherentes que conlleva.
Se recomienda disponer de una instalación de agua para el lavado de los envases de productos líquidos y realizar la operación de lavado sobre un pavimento hormigonado con pendiente ligera para la evacuación y recuperación del agua usada. Los envases de productos en polvo deben vaciarse totalmente sobre los equipos de aplicación.
A los envases de productos líquidos, es recomendable hacerles el triple enjuagado, que ha de realizarse del siguiente modo:
Uno de los gestores existentes en España para organizar y realizar la recogida de envases agrarios y darles un tratamiento medioambiental correcto es la sociedad, sin ánimo de lucro, SIGFITO Agroenvases. Sus finalidades son:
De este modo, los materiales que pueden depositarse en SIGFITO son:
Una vez que se entregan los envases, el punto de recogida debe dar un albarán que justifique que se cumple con la ley y con el medioambiente, el cual debe guardarse durante tres años.
Actividades
9. Comente si conoce algún otro sistema de gestión de residuos de envases y envases usados similar a SIGFITO.
10. Mencione qué tipo de materiales no se deben depositar en SIGFITO.
Aplicación práctica
Un agricultor ha llevado a una cooperativa que actúa como punto de recogida los envases sobrantes y vacíos después de la aplicación de fitosanitarios al cultivo y los ha dejado en una bolsa de plástico en una estantería del almacén de fitosanitarios.
Explique si ha actuado correctamente e indique qué ha hecho mal y cómo debía haber actuado.
SOLUCIÓN
No ha actuado correctamente por los siguientes motivos:
El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable y en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, así como el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por vía terrestre (ADR), indican que las empresas que transportan mercancías peligrosas requieren de, al menos, un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medioambiente.
Podrán ejercer las funciones de consejero, siempre que cumplan los requisitos exigidos en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero y en el ADR:
Las obligaciones del consejero son las recogidas en dicho real decreto:
El ADR también indica que el consejero de seguridad debe verificar:
Actividades
11. Exponga quién puede ser consejero de seguridad.
El almacenamiento de los productos fitosanitarios y biocidas debe cumplir una serie de condiciones generales: deben hacerse sin poner en riesgo a las personas o al medioambiente, han de ubicarse fuera de cascos urbanos y nunca en las plantas elevadas de edificios habilitados, los locales deben estar separados por pared de obra de locales habitados y lejos de masas de agua, etc.
En el interior de los almacenes, los productos deben estar bien cerrados en sus envases de origen, precintados y expuestos en estanterías y no pueden estar junto a productos de consumo humano o animal. Además, las salas tienen que ser ignífugas, con una correcta ventilación para la entrada y salida del aire, con suficiente iluminación para la correcta realización de los trabajos, con suelos impermeables y fáciles de limpiar y con un sumidero para recoger los derrames. Deben existir salidas de emergencia y las puertas han de abrirse hacia afuera; su cierre tiene que ser el adecuado para evitar la entrada al personal ajeno y a los animales.
Para prevenir los incendios, hay que seguir el plan de actuación presente, que todo el personal debe conocer. Algunas medidas son seguir las indicaciones de los carteles de prohibición y señalización; el correcto almacenamiento de los productos; la separación de los inflamables del resto; la comprobación de los medios de detección, protección y extinción, etc.
El almacenamiento y la distribución de los productos dentro del almacén pueden realizarse por el tipo de producto, ya sea por el efecto que causa sobre los agentes o por su presentación, por su toxicidad o por otros riesgos añadidos. En este último caso, debe seguirse la tabla de incompatibilidades en la que se describe qué productos pueden almacenarse juntos.
En caso de que se produzca un derrame de los productos, estos deben recogerse rápidamente usando los EPI adecuados. Además, hay que mantener alejados de la zona a personas ajenas y animales, meter los envases dañados en las bolsas de plástico y verter sobre el producto material absorbente para, después, recogerlo y meterlo en las bolsas, entre otras acciones.
Los accidentes más comunes son los sufridos por las intoxicaciones. En dicho caso, debe llamarse al Servicio de Información Toxicológica y seguirse sus instrucciones, así como aplicar los primeros auxilios. También han de comprobarse los signos vitales y si está consciente; en caso de que no lo esté y no tenga signos vitales, tiene que realizarse la reanimación cardiopulmonar (RCP).
Otros accidentes son los daños dorsolumbares, los traumatismos provenientes de caídas de la carga o caídas propias al mismo o distinto nivel y las quemaduras. En cada caso, debe actuarse consecuentemente según la afección producida. Cuando se produce un fuego, han de seguir las instrucciones dadas por los equipos de socorro. Si puede actuarse contra el fuego, se apagará con los medios de lucha.
No solo los productos fitosanitarios y biocidas han de almacenarse, sino también todo lo que los rodea, tales como la maquinaria y el material auxiliar, los equipos de protección individual y los residuos. La empresa debe tener un plan de gestión de residuos y la Administración debe propiciar los sistemas de retirada de pequeñas cantidades.
El consejero de seguridad es el encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medioambiente. Puede ser consejero el titular o director de la empresa, los miembros del personal de la empresa designados por el titular u otras personas, empresas o entidades que no pertenezcan a la empresa, pero estén ligadas a ella en cualquier modo de colaboración existente. Entre algunas de las obligaciones del consejero de seguridad, destacan: colaborar con los servicios de inspección del transporte, recabar los datos en caso de accidente, realizar informes anuales sobre las actividades de la empresa y verificar algunos de los procedimientos de trabajo.
Ejercicios de repaso y autoevaluación
1. ¿Cuál de los siguientes reales decretos corresponde con el almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias?
2. Explique las características más importantes en torno al acondicionamiento interior de los almacenes destinados al almacenamiento de productos fitosanitarios y biocidas.
3. Indique qué medios diferencia la normativa actual sobre el almacenamiento de productos fitosanitarios y biocidas en relación a la lucha contra incendios.
4. Complete el siguiente párrafo:
Según la presentación, deben quedar ____________ los líquidos de los sólidos y, cuando se coloquen en estanterías o soportes, los líquidos han de estar situados en la parte ____________ y los ____________, en la parte superior. Ambos han de quedar correctamente ____________.
5. Indique si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas:
6. Apunte al menos tres indicaciones a seguir en caso de derrames de pequeña magnitud.
7. Mencione qué se recomienda hacer después de sufrir una intoxicación por plaguicida.
8. Busque en la siguiente sopa de letras seis EPI diferentes:
9. Especifique qué materiales pueden depositarse en SIGFITO.
10. ¿Cuál de los siguientes reales decretos corresponde con los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas?