Introducción
La medicina legal, forense o judicial, y en el mundo anglosajón forensic medicine o medical jurisprudence, nace, existe y permanece estrechamente vinculada a las exigencias de la justicia,
tanto por su naturaleza como por su contenido. Ahora bien, esta denominación de la
disciplina médica, en la actualidad tiene dos vertientes diferenciadas, mientras a
la medicina forense o judicial se le atribuye una concepción más práctica y sobre
todo se asocia con el ejercicio médico pericial o forense en los juzgados y tribunales,
a la medicina legal se le reserva un campo de actuación más orientado a la aportación
de conocimientos para el desarrollo y perfeccionamiento legislativo; todo esto sin
obviar que, independientemente de la denominación que sea utilizada, parten de un
mismo cuerpo doctrinal y metodológico.
Los progresos científicos y tecnológicos, el desarrollo cada vez más complejo del
mundo del derecho y las crecientes exigencias sociales, han hecho que aparezcan y
que sean necesarias las aplicaciones de variadas disciplinas que complementan o que
están íntimamente relacionadas y que en 1970, P. J. Matte, en el XXII Meeting of the
American Academy of Forensic Science, describe como «ciencia forense, que comprenderá el estudio de la aplicación de todas las ciencias civiles, criminales
y sociales encaminadas al objeto de que no se causen injusticias a ningún miembro
de la sociedad» y se puede describir sintéticamente como «el estudio de la aplicación
de la ciencia al mundo del derecho».
Otra cuestión de gran trascendencia en la medicina legal y forense es conocer el porqué
de su importancia, la cual parte de sus propias características y de una serie de
circunstancias como estas: su naturaleza y su contenido, aquello que abarca supera
el propio interés individual, tiene derivaciones colectivas, sociales y jurídicas;
la responsabilidad que emana de las actuaciones médico-forenses, no tan solo para
el justiciable sino para todos los agentes que intervienen en el procedimiento judicial
y que pueden ver condicionada su decisión por las aportaciones desde esta disciplina,
sin olvidar la responsabilidad primera y directa del profesional en su actuación;
la obligatoriedad de ejercicio, la actuación médico-forense siempre surge de la solicitud
de un órgano judicial o fiscal, por lo tanto, no es posible sustraerse a ese llamamiento,
debiendo ejercer según nuestro leal saber y entender y bajo juramento.
Con una gran trayectoria histórica, la medicina legal y forense, aparece ya en el Código de Hammurabi (1700 a. C.). En España, la primera cátedra
universitaria se crea en el año 1943 por el catalán D. Pedro Mata i Fontanet y nuestra
disciplina aparece en el primer catálogo de especialidades médicas del año 1955. La
medicina legal como disciplina académica abarcó la psiquiatría y la medicina del trabajo
hasta que éstas se consolidaron como disciplinas autónomas. Pero no solo es el interés
histórico el que le dota de importancia, sino que debido a las exigencias que le surgen
tiene la categoría científica exigible a cualquier rama de la medicina. Utiliza técnicas
y procedimientos que provienen de ciencias o disciplinas afines. Su extensión, repercusión
y el interés de su contenido están en permanente y en continuo desarrollo y perfeccionamiento
dotándola de una categoría muy singular.
Las ciencias forenses, integradas por un gran número de ciencias y tecnologías que aportan conocimientos,
procedimientos y técnicas que nos llevan a la búsqueda de la resolución de las cuestiones
que nos plantean los casos legales en estudio, son múltiples, partiendo de la medicina
y de la medicina legal y forense. En concreto, se deben considerar la física, la química,
la química y toxicología forense, la biología y la biología forense, la genética,
la genética aplicada al mundo forense, la odontología, la antropología, la psiquiatría,
la psicología, sociología y la criminología.
1. Medicina legal y ciencias forenses
La medicina legal y forense forma parte de las ramas de la medicina conocidas como
disciplinas médico-sociales. Su contenido y repercusión trascienden a la propia individualidad
del sujeto y tienen un carácter social predominante.
Su contenido, o el campo sobre el que versará su actuación, será cualquier materia
médica y/o biológica que se relacione con el derecho, es decir, sobre la resolución
de problemas judiciales de base médico-biológica.
Se han propuesto múltiples conceptos, que describiremos a continuación por lo clásico
de los autores y finalizaremos con el desarrollado por el profesor Gisbert Calabuig,
autor del más utilizado de los tratados de medicina legal y toxicología de nuestro
país.
-
Según Orfila: Es el conjunto de conocimientos médicos propios para ilustrar diversas cuestiones
de derecho y dirigir a los legisladores en la composición de las leyes.
-
Según D. Pedro Mata: Conjunto de conocimientos científicos, principalmente, médicos y físicos cuyo objeto
es dar su debido valor y significación genuina a ciertos hechos judiciales, contribuyendo
a la formación de ciertas leyes.
-
Según Piga: La medicina legal es la medicina del derecho.
Entre estas diferentes definiciones podemos encontrar puntos de consenso que, tal
como indican Gisbert Calabuig y Villanueva Cañadas, serían: en primer lugar, se necesitan
una serie de conocimientos médicos y/o biológicos, sin los cuales determinados problemas
judiciales quedarían sin poderse resolver; en segundo lugar, hay toda una doctrina
en la medicina legal que sustenta el desarrollo y perfeccionamiento de las leyes.
Por lo tanto, como concepto de la medicina legal podemos establecer «el conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios
para la resolución de los problemas que plantea el derecho, tanto en las aplicaciones
prácticas de las leyes como en su perfeccionamiento y desarrollo» (prof. Gisbert Calabuig).
2. Contenido y clasificación
El contenido de la medicina legal y forense, puede establecerse siguiendo al prof.
Gisbert Calabuig con la siguiente clasificación:
-
Derecho médico: Conjunto de disposiciones legales que regulan el ejercicio de la profesión
médica en general, así como los derechos y obligaciones del médico.
-
Criminalística: Estudio de las técnicas médicas y biológicas usadas en la investigación
criminal sobre las huellas objetivas de los hechos delictivos.
-
Medicina legal tanatológica: Estudio del cadáver y de sus fenómenos evolutivos, así
como de las técnicas más adecuadas para ello.
-
Patología forense: Estudio de los mecanismos de muerte y los hallazgos en el cadáver,
las lesiones traumáticas en sus múltiples aspectos y sus repercusiones dentro de los
distintos campos del derecho.
-
Medicina legal sexológica: Conjunto de problemas periciales relacionados con el instinto
sexual y la reproducción.
-
Medicina legal del recién nacido: Comprende todas las actuaciones periciales relativas
al recién nacido, en especial a la muerte violenta.
-
Medicina legal psiquiátrica: Estudio del enfermo mental y su interacción con el mundo
de la justicia.
-
Medicina legal toxicológica: Estudio de los envenenamientos como causa de enfermedad
y de muerte. Estudio de los venenos como arma del crimen.
-
Medicina legal laboral y de los seguros. La primera aporta los conocimientos médicos
y biológicos que se precisan en el desarrollo y aplicación de la legislación laboral,
mientras que la segunda se centra en aportar estos conocimientos al medio asegurador.
Actualmente, y dentro de las ciencias forenses, la medicina legal y forense no puede
dejar de nutrirse, relacionarse y ampliar contenido a expensas de otras materias que
le aporten conocimiento, técnica y procedimiento que apoye la resolución del caso
judicial. La primera, la medicina, sobre todo en determinadas especialidades como
la traumatología, la psiquiatría, la obstetricia y ginecología, la medicina interna,
la anatomía patológica, anatomía y muchas otras. Pero también otras como la física,
la química, la toxicología, la estadística, biología, genética, psicología, etc. y
algunas más recientes en su incorporación directa y de gran utilidad médico forense
como son la odontología y la antropología.
Y desde luego, todas las aportaciones del mundo del derecho. En primer lugar unos
conocimientos generales del marco normativo y regulador que da sustento a la pericia
médico-legal y también de manera específica según la rama del derecho en la que se
solicite el auxilio de la medicina legal y forense, donde destaca el derecho penal,
el derecho civil, el derecho en material laboral y la legislación en materia de seguros
que actualmente tiene un gran auge.
Todo esto hace que el contenido de la medicina legal y forense y, en general, de las
ciencias forenses no sea un contenido estático, sino todo lo contrario, cada vez más
dinámico y con mayores aportaciones, nacidas a expensas de las nuevas exigencias en
la evolución de las leyes y de los requerimientos sociales y por los grandes avances
científicos y técnicos en el campo médico-biológico.