Capítulo III. LA CREACIÓN DEL ESTADO MODERNO

Desde su entronización en 1474 hasta la paz de Alcaçovas, los futuros Reyes Católicos, al mismo tiempo que aseguraban la victoria sobre la agresión exterior franco-portuguesa, habían comenzado el restablecimiento de la plena autoridad del Estado en Castilla y el ordenamiento del país. Tarea que muy pronto culminará en la creación de un Estado nuevo de fuertes trazos modernos. Y todo a costa de un esfuerzo considerable de los jóvenes monarcas, especialmente de Isabel. Así lo subraya la crónica de los comienzos de su reinado, llamada Crónica incompleta (1469-1476): «¡Cuán largas noches de invierno hasta el amanecer pasaba esta mujer de gran corazón y sabiduría teniendo sucesivos consejos y ordenando muchos y graves asuntos!». En 1477, durante una estancia en Andalucía, los reyes se dan cuenta de toda la amplitud de la tarea que tenían que llevar a cabo, dada la profundidad, en esta región, de la anarquía nobiliaria, judicial y religiosa. Los potentados locales, duque de Medina Sidonia y marqués de Cádiz, se disputan allí el poder efectivo sobre los campos y ciudades. El más anárquico y virulento es el marqués de Cádiz, fuertemente marcado por enlaces con los conversos y que se había inclinado en favor de las pretensiones de Alfonso V de Portugal. Hay que meterlos en cintura y terminar con sus exacciones, tomando al asalto si fuera necesario sus fortalezas y haciendo justicia. Es lo que hace Isabel en persona al escuchar en directo, como san Luis bajo su roble, a los querellantes.

La situación religiosa es todavía más preocupante, sobre todo por la insolente rejudaización que manifiestan los poderosos, ricos y numerosos conversos, influidos por la importante población judía. Hasta el punto de que se puede temer una judaización acelerada e interesada de esta parte de España. Fernando lo recordará en 1507 cuando le reprochen la dureza de la Inquisición, que aparecerá enseguida (como se verá en el capítulo siguiente). En su nombre y en el de Isabel, ya difunta, declarará: «Al principio nos dixeron tantas cosas de Andalucía que si nos las dixeran del príncipe nuestro fijo hiziéramos aquello mismo».

La acción de meter en cintura a los grandes señores feudales no había terminado cuando se firmó la paz con Portugal. La sumisión del nuevo marqués de Villena, también de origen converso, principal opositor noble a Isabel y Fernando, no se consigue con el compromiso de 1476 que cita Pérez29. Hay que esperar a la capitulación que el marqués firma en su fortaleza principal, Belmonte, el 1 de marzo de 1480 y el perdón que le confirman en Toledo los reyes el 8 de marzo de 148030. Nosotros mismos tenemos en nuestro poder la pieza original de la notificación del perdón a los habitantes de Belmonte, por el enviado especial de los Reyes, Romano, que es aún más tardía31: el 3 de septiembre de 1480.

«Ver curadas sus crudas llagas»

La declaración de lo que el pueblo castellano espera de los reyes y la teoría del nuevo Estado que éstos quieren construir, son a la sazón el objeto de numerosos escritos o publicaciones. Carece de fundamento presentar como simples propagandistas a sus autores, con frecuencia de gran altura y muy representativos (carece de fundamento y es ciego, pues reducirse de esta manera a unos anteojos estrechos es condenarse a no entender en absoluto el sentido del potente mar de fondo que arrastraba hacia adelante a los futuros Reyes Católicos).

Gómez Manrique, que redacta a partir de 1475 y publica en 1482 para ellos su Regimiento de príncipes, está lejos de ser un plumífero al dictado, como hombre de confianza de Isabel y Fernando. Es un testigo irrecusable de la España de su tiempo, uno de sus mejores poetas, un valiente soldado que se distinguió en Peleagonzalo, y el atinado corregidor de Toledo que restableció el orden en esta antigua capital, ensangrentada por las revueltas y las facciones. La llamada que lanza en su libro revela una gran experiencia política, a la vez que una profunda sabiduría cristiana. Si ya en la introducción afirma que «tan estremado es el amor que yo he a la patria y el deseo que tengo de ver curadas sus crudas llagas», no es para hacer una obra lisonjera. Insiste en primer lugar en la necesidad de una selección rigurosa de los consejeros reales, dando a entender que ésa no siempre se daba. Luego señala que el fundamento de la gobernación debe ser el temor de Dios, en equilibrio perfecto y ejercicio constante de las virtudes teologales y morales. Un ejercicio que debe ser también de misericordia: castigar menos y premiar más de lo que merecen los súbditos, ahogar todo brote de crueldad o de avaricia en la práctica del gobierno, repartir equitativamente los oficios. Si añade que la reina debe anteponer las tareas de gobierno a las prácticas piadosas, las oraciones y los sacrificios de cilicios y disciplinas de mortificación que ella practicaba, es para hacer efectiva en el siglo esta obra de Dios que él describe y espera.

Diego de Valera, en su Doctrinal de príncipes, es un personaje aún más significativo, y exponente cualificado de un elemento crucial de este mar de fondo que arrastraba a Isabel y Fernando: la voluntad de una élite de conversos de origen judío, no sólo de asimilarse sino de identificarse con la vieja cristiandad no judía, de resaltar y hacer prevalecer sus valores tanto en la acción como en el pensamiento. Plumífero al dictado, de un castellanismo endurecido y desarraigado de la realidad, Valera no lo es más (y es decir poco) que Gómez Manrique. Nacido en Cuenca en 1412, de un linaje de conversos, su promoción de la cristiandad vieja tiene enseguida resonancia, incluso internacional. Ostentando el título aragonés de mosén, equivalente a señor, fue mariscal de armas del rey Juan II de Castilla y participó como caballero cristiano en el famoso paso de armas caballeresco del «árbol de Carlomagno», cuyo desafío había lanzado Moïse-Pierre de Bauffremont, en 1443, cerca de Dijon. Es el que Barante llama «Don Diego de Vallière» cuando relata este lance en su Histoire des ducs de Bourgogne (libro VI). Fue él el que tradujo del francés al castellano L’arbre des batailles de Honoré Bonet, ese verdadero «código de la caballería» cristiana escrito en el siglo XIV. Antoine Vérard traducirá al francés y publicará en París, en el siglo XV, uno de sus tratados, el Espejo de verdadera nobleza, con el título de Gouvernement des princes (1497). Es él quien, al final de su vida (1496), culmina una historia general y detallada, provincia por provincia, de la nobleza de Castilla, su Libro de los blasones y de las armas, obra que utilizarán los historiadores posteriores como Argote de Molina en su Nobleza de Andalucía. Nosotros hemos reencontrado el manuscrito original —inédito— de este Libro de los blasones, que había desaparecido tras constar en la colección bibliográfica de Nicolás Antonio en el siglo XVII.

Pero Diego de Valera no es sólo el teórico, el historiador y el paladín de la caballería cristiana, sino también un temible hombre de acción. Con su hijo Carlos representa, en la guerra contra Alfonso V de Portugal, el mascarón de proa del contraataque marítimo que contribuyó no poco a la derrota final de este último. Instalado en el Puerto de Santa María, cerca de Cádiz, organizó y dirigió la escuadra castellano-aragonesa-vasca que hundió una flota portuguesa de tres naos y doce carabelas cargadas de material de guerra y objetos preciosos. Más aún, lanzó la poderosa expedición (treinta carabelas) que devastó el tráfico atlántico de los portugueses, apoderándose, en África ecuatorial, de sus ricas posesiones de Guinea y haciendo prisionero a su gobernador. Escribió así un prefacio naval, desconocido, al descubrimiento y conquista castellanos de América (Colón era entonces un oscuro navegante en esas mismas aguas).

El eje vertical de la historia de España

Escogido por Isabel como su mayordomo y por Fernando como su historiador, Valera escribe para ellos su Doctrinal de príncipes. De este libro escribe el padre Azcona: «Este tratado, de un hombre tan excepcional como Diego de Valera, escrito a principios de 1476 [...]. Comparable en profundidad doctrinal con los mejores autores, como Egidio de Roma o Maquiavelo, y en altura literaria y estilística con nuestros mejores escritores españoles del siglo XV, debe ser revalorizado como texto de formación de Fernando e Isabel»32. Ahora bien, este texto de un converso de origen judío es un reencuentro con las raíces más asemitas del ser español, ya que el autor llama a los futuros Reyes Católicos nada menos que a reformar «la silla de la ynclita sangre de los godos». Estos visigodos, antiguos dueños de España, durante cuyo dominio, tras su conversión al catolicismo, el gobierno y la Iglesia (concilio de Toledo del 589) constituyeron siempre una defensa vigilante contra el peligro de judaización. Lo que está en continuidad con el primer concilio español de los tiempos apostólicos, el de Elvira (Granada) hacia el 300, como lo veremos a propósito de la Inquisición que el papa e Isabel instituyeron a partir de 1480. Así se redefine y exalta, mediante la pluma de un converso, un eje vertical de la historia de España, cuyo desconocimiento por parte de algunos hace que aparezca como motivo de escándalo la acción que los futuros Reyes Católicos emprenderán contra los moros de Granada, último resto de los destructores de la «silla de los godos», y contra el judaísmo español, excepcionalmente poderoso y ofensivo.

En realidad Diego de Valera no hace más que exaltar y reclamar lo que igualmente exaltaron y reclamaron otros muchos conversos de élite; por ejemplo, el humanista, diplomático y cronista Alonso de Palencia, colaborador también de Isabel y Fernando, al escribir ya en 1459 su Perfección del triunfo militar33; el obispo converso de Burgos, Alfonso de Cartagena, al glorificar ya en 1434, en el concilio de Basilea, la española «guerra divinal contra los infieles..., por ensalzamiento de la fe católica..., por extensión de los términos de la Cristiandad»; y Juan de Lucena, autor en la misma época de un tratado titulado De vita beata y de una Carta exhortatoria a las letras, al escribir con más crudeza todavía: «La casa está sin ruido, cuando los puercos son al monte... ¡Qué gloria de rey, qué fama de vasallos, qué corona de España, si el clero, religiosos y sin regla fuesen contra Granada, y los caballeros con el rey irrumpiesen en África!»34.

Todo esto hace escribir al gran profesor de Princeton, Américo Castro, también él de origen judeoespañol: «El Imperio español, fundado por Fernando e Isabel, no fue ningún feliz azar, sino la forma ensanchada del mismo vivir castellano en el momento en que adquiría conciencia de sí, [...] una conciencia que los hispano-semitas venían expresando» desde la Edad Media35. Y con más precisión aún: «El advenimiento de los Reyes Católicos [tuvo] un aire de profecía semítica que se cumple, de Mesías que al fin llega»36. Creer que este advenimiento fue un bajo y burdo antisemitismo es caer en el más absurdo de los contrasentidos. Este advenimiento fue a-judaísmo religioso, defensivo, como parte de una afirmación de especificidad cristiana más general y de valor de cristiandad, afirmación ante todo y mayoritariamente judía, de conversos militantes.

¿Cómo extrañarse entonces de que los religiosos y el pueblo sencillo castellano hayan podido ver en Isabel a una nueva Virgen María, en su función de reparación y restauración? Así lo canta en la misma época el franciscano, hijo de converso, Íñigo de Mendoza, redactando en verso su Modelo de regimiento de príncipes. Apela en su canto a la justicia y a la decencia de las costumbres, en un reino en el que los fuertes perros daneses de la realeza no teman más los abusos de los pequeños perros de la nobleza. La misma comparación de Isabel con la Virgen reparadora es por entonces frecuente en los escritores y en la correspondencia privada.

«¡Tanto monta!»

El nuevo orden que se esperaba está simbolizado en el emblema de los jóvenes monarcas, uniendo el yugo del poder, emblema de Fernando, con el haz de flechas de la justicia, emblema de Isabel. Doble emblema que se esculpe en numerosos monumentos y que figurará en la pieza de moneda corriente, el real de plata, con un valor de 34 maravedíes. El nuevo orden se simboliza también en la divisa que escoge para sí Fernando, Tanto monta, en la que se ha querido ver, en la enseñanza corriente española, el sentido de:

Tanto monta,

monta tanto,

Isabel como Fernando.

Esta interpretación no es exagerada debido a la estrecha unión personal, y real en la acción, que se dio de hecho entre los dos monarcas y que queda como característica de su reinado37. Pero este sentido es inexacto en su origen, ya que esta divisa se refería en realidad al nudo gordiano que Alejandro Magno cortó tras haber intentado en vano desatarlo. Así, el sentido verdadero del Tanto monta es: «Tanto monta cortar como desatar».

Un sentido voluntarista, sin complejos, en correspondencia total con el deseo de un firme y rápido ordenamiento, que tenían tanto el pueblo español como el nuevo Estado. Es interesante advertir que esta divisa se la había sugerido a Fernando otro miembro de la élite judía conversa: el humanista y lingüista Antonio de Nebrija, autor de la primera Gramática de una lengua europea, el castellano, escrita igualmente según una «idea imperial».

Tanto de cortar como de desatar, dan ejemplo los futuros Reyes Católicos a partir de 1476 con la creación, o generalización nacional, de un ejército interior popular, la Santa Hermandad o Fraternidad de unión sagrada. Creación que en sus grandes líneas se decide en las Cortes de Madrigal de abril del mismo año, en presencia y a instancias de Isabel, como lo hemos señalado, y que se llevó a cabo enseguida por las disposiciones complementarias tomadas en junio y julio siguientes en Valladolid y Dueñas. Esta guardia interior, impuesta por encima de las huestes de los señores y de las milicias urbanas, tiene como objeto castigar, por fin con eficacia, los innumerables delitos y crímenes que se cometían en los caminos y en el campo.

Cada agrupación de 40 cabezas de familia (unos 200 habitantes) debe abastecer a una cuadrilla de milicianos-guardias con sus dos jefes-jueces sumarios, uno escogido entre los plebeyos y otro entre los caballeros. Cada agrupación de 100 cabezas de familia debe abastecer además a un caballero, y cada agrupación de 150 cabezas de familia, además, a un hombre de armas (caballero con armadura). La persecución de los delincuentes se hace por relevo local de las cuadrillas y se anuncia a todos con el toque de las campanas. El castigo se ejecuta en el mismo lugar, al momento y de manera ejemplar. A los autores de un robo de más de 5.000 maravedíes, se les corta un pie. A los autores de crímenes, se los ejecuta en el descampado, atados al primer árbol que se encuentra, atravesándolos con flechas.

Esta guardia interior popular tiene sus propias asambleas de dirección colectiva: escapa así a las Cortes y a cualquier otro poder, sobre todo al de los señores, excepto al poder real, cuyos delegados dirigen sus asambleas, nombran sus tesoreros y su general en jefe, el tan eficaz Alfonso de Aragón, hermano natural de Fernando. El reino está dividido en capitanías que disponen de fuerzas móviles de intervención de hombres de armas, que se añaden a las cuadrillas locales fijas. Al principio, la Santa Hermandad se establece por tres años, que se van renovando hasta hacerse permanente. Las contribuciones de las ciudades que la financian obligatoriamente, para servicio de sus comerciantes y viajeros, llegan anualmente a unos 33 millones de maravedíes. En 1480 se recurre a la Hermandad para engrosar las tropas enviadas contra Granada, con el coste de una contribución suplementaria de aproximadamente la mitad de la contribución ordinaria. A cada miliciano que arresta a un malhechor se le paga una prima de entre 1.000 y 5.000 maravedíes.

El resultado es espectacular: la inseguridad general, plaga de Castilla, debido tanto a los bandidos del camino real como a los pícaros y ladrones, desaparece en gran parte. Pero con el tiempo los grandes señores se inquietan al ver que la monarquía se ha pertrechado así con su propia guardia permanente, dominando a sus propias fuerzas. Las ciudades a su vez protestan por haberse privado a las Cortes del voto de las contribuciones. Como la gran inseguridad casi ha desaparecido, en 1498 quedan disueltas las estructuras nacionales de la Hermandad y se suprimen sus correspondientes contribuciones. No quedan más que las cuadrillas locales, financiadas por los municipios. Pero se ha realizado una obra indispensable para el bien del Estado y para la satisfacción de la masa del pueblo que de este modo recobra la libertad de circular y comerciar.

Hay que advertir que, conforme a las apelaciones de los teóricos del nuevo Estado, la Santa Hermandad no fue una simple represión sumaria, sino también una fraternidad entre sus participantes, garantizando además la hospitalidad a los viajeros más pobres. Sus reglamentos estipulaban que no se podía negar el pan y el vino a las personas, ni la cebada a los animales de montar o de carga.

Los favorecidos restituyen

Isabel y Fernando dan en 1480 un nuevo ejemplo de que «Tanto monta cortar como desatar». Cortan de raíz los excesos en las rentas y otras pensiones reales con que la nobleza se había aprovechado de la debilidad de Enrique IV y los abusos de generosidad de sus competidores, imponiendo su restitución al poder real. La operación, que se extiende a toda Castilla, se confía al riguroso monje Hernando de Talavera, confesor de Isabel. Éste lleva a cabo una investigación a fondo sobre los favores concedidos, para determinar los que están justificados por los servicios prestados al Estado y los que no lo están. No se trata de despojar o destruir a la nobleza, sino de eliminar lo que en sus ganancias es fruto de la intriga, el favoritismo y la presión sobre el poder. Esto se hace con un espíritu de justicia tal que apenas provocará protestas violentas, pues afecta tanto a los partidarios de Alfonso, y después de Isabel, como a sus adversarios. Y duramente. Así, el duque de Alba, sostenedor de Isabel, de algo más de un millón de maravedíes de rentas, tiene que restituir al Estado más de la mitad. De unas pensiones parecidas, Cabrera, el anfitrión de Isabel en Segovia, tiene que restituir 300.000 maravedíes. El almirante de Castilla, Enríquez, tío de Fernando, que permitió que en su ciudad de Valladolid se celebrara la boda de éste con Isabel, tiene que devolver 240.000 maravedíes. El condestable Velasco, otro partidario de Isabel, 300.000. También a los Mendoza les afecta el asunto: el duque del Infantado pierde el 30% de sus pensiones y el cardenal el 39%. Algunos adversarios de los futuros Reyes Católicos lo pagan todavía más caro: el marqués de Cádiz —adversario por lo demás en repetidas ocasiones— pierde el 63% de sus pensiones; pero, como hemos visto, sus rapiñas habían sido particularmente cuantiosas.

El caso más llamativo es el del supuesto padre de la Beltraneja, Beltrán de la Cueva, duque de Alburquerque. Aunque se unió muy pronto a Isabel desde su proclamación como reina, tiene que restituir cerca de dos tercios de los 2,2 millones de maravedíes de las pensiones que le convertían en el magnate más favorecido de Castilla. Restituye, pues, no menos de 1,5 millones de maravedíes de las rentas que le había asignado Enrique IV...

Pero el yugo del poder y las flechas de la justicia sólo podían perseguir a los malhechores y corregir los abusos de una forma duradera con la construcción de un nuevo Estado, capaz de imponer a todos la promoción del bien común. Es lo que emprende Isabel, tras haber creado la Santa Hermandad y haber cortado por medio de su confesor los abusos del favoritismo, el mismo año (1480) en que daba a conocer al reino, por las Declaratorias de Toledo, los resultados de la recuperación que se llevó a cabo. Así, a través de las mismas Cortes de Toledo, cuyo apoyo había obtenido ese mismo año frente a la alta nobleza, realiza la primera gran reforma del Estado castellano, en su misma cabeza: el Consejo Real.

Ya hemos visto que, bajo Enrique IV, este Consejo apenas era más que una agrupación inestable e interesada de los jefes de las facciones nobiliarias. Isabel le dotó de golpe de una nueva naturaleza, consistente en la más alta instancia de gobierno, de una constitución firme, desinteresada y eficaz, sustraída por fin al poder de los grupos de presión.

Se necesitaron no menos de 36 capítulos, preparados en las Cortes y que bajaban a los detalles más concretos, para garantizar este buen fin. Son miembros de derecho del Consejo los arzobispos, obispos, duques, marqueses, condes y maestres de las órdenes militares, pero sin participar en las votaciones en las que se decide. Las decisiones se toman por mayoría de dos tercios, con los únicos votos del presidente del Consejo y de los consejeros titulares. El presidente es un obispo y los consejeros titulares, tres caballeros y siete letrados. Ningún magnate tiene, pues, poder de decisión. Un poder que queda ya por principio en manos de los especialistas y hombres de cultura independientes, escogidos sólo por los monarcas. Con el complemento, para formar la mayoría de ocho votos, de uno de los caballeros que representaba a la nobleza media o del obispo presidente.

El artículo 22 confiere a este nuevo Consejo Real unas atribuciones prácticamente ilimitadas: «Sobre muchas cosas, pero sennaladamente sobre fechos grandes»; es decir, la política general, la administración, la justicia, las finanzas, los nombramientos y el control mediante los «visitadores» de los funcionarios locales. Incluso los asuntos extranjeros. El Consejo tiene que reunirse todos los días laborables, en los horarios de invierno y de verano que se han fijado. Sus miembros no pueden emplear las sesiones para «los decires e fablas e interposiciones». Los reyes asisten todos los viernes a la sesión del Consejo, para solucionar los asuntos en los que no se haya podido alcanzar la mayoría requerida y, en general, para examinar las cuestiones más delicadas.

Genio precursor

Muy pronto esta reforma fundamental muestra su fecundidad, debido a la rica personalidad y eficacia de muchos de los letrados del Consejo, como el doctor Maldonado de Talavera, que se ocupará de todos los grandes asuntos de política general; el doctor Díaz de Montalvo, eminente jurista y organizador de las finanzas; el doctor Palacios Rubios, teórico de la política religiosa, de la política americana y regulador de una parte importante de la política económica (la Mesta). Rápidamente se establece la repartición del Consejo en distintas «salas» especializadas: una para el gobierno general, otra para la justicia, otra para las finanzas, otra para la Hermandad y otra para el reino de Aragón. De estas «salas» nacerán en el siglo XVI el Consejo Supremo de Castilla y los grandes Consejos deliberativos y ejecutivos especializados, que darán lugar a la excepcional modernidad y eficacia de las grandes monarquías de Carlos V y Felipe II: Consejo de Finanzas, de Guerra, de Indias, de Italia, etc.

Francia, por ejemplo, estaba entonces lejos de disponer de unos instrumentos de gobierno tan competentes y eficaces, cuya puesta en marcha, como se ve, se debió a lo que puede llamarse el genio precursor de Isabel. Todavía a principios del siglo XVIII, el duque de Saint-Simon, que será embajador de Francia en España, convencerá al regente francés para imitar la fórmula, instalando en el poder en París una Polysynodie. Será un fracaso total, por haber olvidado en su construcción una de las reglas que Isabel definió casi tres siglos antes: los Consejos de la Polysynodie parisina estaban completamente en manos de la alta nobleza.

«Oidores» y abogados de los pobres

Isabel emprende también una renovación profunda en el campo de la justicia. Hace pasar pronto las competencias del tribunal supremo del Consejo Real a un tribunal supremo especializado, que también remodela: la Audiencia Real o Cancillería de Valladolid. La instala en la casa donde se celebró su matrimonio, la antigua mansión señorial de Juan de Vivero, y en 1486 le da su constitución reformada, con la misma precisión que para el Consejo Real y con su mismo espíritu: los letrados tienen en ella todo el poder de decisión, bajo la presidencia de un obispo. Están repartidos en siete salas: una para lo criminal, cuatro para lo civil, más una sala especializada en los procesos relativos a los naturales de Vizcaya y otra en los asuntos que afectaban a hijosdalgos. El lugar más alto de la jerarquía de los letrados lo ocupan los «oidores»: unos jueces superiores —muchos de los cuales se harán célebres en España, y luego en América (así el venerable Vasco de Quiroga) en las Audiencias que allí se crearán a imitación de la de Valladolid— con funciones casi regias de control político y administrativo.

Isabel instala una segunda Audiencia metropolitana en Ciudad Real, transferida más tarde a Granada, para el sur del país. En cada uno de estos dos tribunales supremos la reina pone dos «abogados de los pobres». De nuevo se manifiesta así la fidelidad a las consignas de los teóricos del nuevo Estado referentes a la justicia y a la misericordia, imponiéndose por todas partes los mastines daneses regios a los perros gozques de la nobleza.

Pero a un Estado moderno no le basta con buenas instituciones centrales. Exige además un control administrativo eficaz de todo el territorio. También en este punto el genio de Isabel propiciará un considerable avance de Castilla con respecto a los otros Estados de su tiempo. Sustituye a los pocos gobernadores (corregidores) que hasta entonces se habían enviado a provincias para misiones provisionales, por un cuerpo masivo de corregidores permanentes que cubría todo el territorio de Castilla. Éstos tienen la misión de oponerse a los abusos del poder señorial, desarmar a los clanes y hacer cumplir por todas partes las decisiones de los Consejos Reales. Así, por su medio, a partir del siglo XV Castilla tiene «al rey (más bien a la reina) presente en la provincia», como se dirá en Francia de los intendentes de Luis XV tres siglos más tarde (estos intendentes franceses, herederos permanentes de aquellos provisionales, cuya misión sólo comenzará con Richelieu en el siglo XVII).

Por lo demás, esta red de corregidores es más densa que la de los futuros intendentes franceses. Éstos serán treinta y cuatro38 en 1750, mientras que los corregidores eran cincuenta y cuatro39 en la Castilla de 1494. Y sus atribuciones eran más amplias, judiciales, administrativas, políticas y militares a la vez. Disponían de una especie de minigobierno local: un general adjunto (teniente), un juez de apelación, un juez superior asistido por jueces ordinarios, un jefe de policía asistido por policías ordinarios, gobernadores para las fortalezas y las puertas de las ciudades, un responsable y juez del ganado trashumante (Mesta), y un nutrido grupo de escribanos.

Educación de los caballeros para la gestión

Otro aspecto de la visión, no sólo administrativa sino también profundamente social y nacional, propia de Isabel, es que ahora no escoge principalmente a sus corregidores entre los letrados, sino entre los miembros de la nobleza media, los caballeros. Lleva así a cabo con ellos una educación política y de gestión al servicio de todos. Por poner un ejemplo, sólo de entre la nobleza media de Talavera, pequeña villa situada al oeste de Toledo, se escogió como corregidor de Salamanca a Pedro de Loaisa, que será el padre del gran gestor de Carlos V, García de Loaisa; también de allí se escogió a Pedro de Cervantes como corregidor de Alcalá de Henares, teniendo como teniente a su pariente Juan de Cervantes, letrado y abuelo precisamente del autor de Don Quijote, ese gran testimonio social de su tiempo.

Para evitar en lo posible los abusos de poder y los errores de estos «reyes en la provincia», se les sometía al control de los «visitadores», cargo que se inspiraba en el de los visitadores eclesiásticos y religiosos, encargados de controlar parroquias y conventos. Isabel aprovecha así la gran experiencia de gestión de la Iglesia. Al final, cuando dejaban sus cargos, se sometía a los corregidores y sus tenientes a un «proceso de residencia» en regla, basado en los testimonios de sus administrados, que tenían derecho a presentar quejas o denuncias contra ellos. El «proceso de residencia» de Juan de Cervantes en Cuenca, donde estuvo también destinado, fue particularmente agitado.

En contrapartida, y para evitarles la tentación de corrupción, los corregidores reciben un sueldo muy alto, sobre todo los de las grandes ciudades. El mejor pagado era el corregidor de Sevilla, llamado allí «asistente», que recibía anualmente 420.000 maravedíes, toda una fortuna. En las ciudades más pequeñas reciben 70.000 maravedíes, un sueldo razonable. Por desgracia, después de Isabel, se olvidará en América esta prudencia de la alta remuneración para los corregidores de Indios, que se entregarán así a toda suerte de trapicheos y negocios.

Pero estas admirables construcciones isabelinas, tanto de gestión local como de gestión nacional, exigían una selección atenta de los letrados y de los caballeros a los que se confiaba tal gestión. Tanto Isabel como Fernando nos darán pronto ejemplo de esta selección. Ya lo hemos visto para el Consejo Real, y así será también para los nombramientos de los corregidores, que fueron excelentes. Tampoco aquí Isabel deja nada al azar. En los constantes traslados de su corte, no cesa de buscar los mejores candidatos. Lleva junto con Fernando un fichero permanente: «Un libro y en él memoria de los hombres de más habilidad y méritos para los cargos que vacaren», como señala el cronista de la época Galíndez de Carvajal. Las Cortes de 1537 le pondrán como ejemplo este dato a Carlos V.

Los Colegios Mayores de Isabel

Además hace falta que haya un número suficiente de buenos candidatos y que éstos hayan recibido una formación de calidad. Todo Estado moderno necesita una o más escuelas nacionales de administración (como la ENA francesa de hoy). Isabel había pensado en ello antes que nadie. Por eso favorece la creación y buena orientación, junto a las universidades, de los «Colegios Mayores» que se convirtieron en su «nervio», según la fórmula de Menéndez y Pelayo. Fundaciones autónomas, competitivas, que evitan el riesgo de la uniformidad estatal, dispensando una formación profunda, ante todo religiosa y moral, en régimen de internado, según el modelo único que existía en el momento de la subida al trono de Isabel y Fernando: el Colegio Mayor de San Bartolomé, establecido junto a la prestigiosa Universidad de Salamanca. Los futuros Reyes Católicos sacaron provecho de la formación ideal que en él se daba, escogiendo entre sus alumnos a gran parte de su episcopado reformado y de sus altos letrados.

En 1479, el principal consejero de Isabel, el cardenal Mendoza, emprende, con la ayuda de uno de los rectores del San Bartolomé, la fundación del Colegio Mayor de Santa Cruz, junto a la Universidad de Valladolid. «Tan superior que, al lado de esta universidad, no se podía tener dos», escribe el historiador del San Bartolomé, Ruiz de Vergara.

En 1499, el segundo confesor de Isabel, al que había hecho arzobispo de Toledo, el riguroso franciscano Francisco Jiménez de Cisneros, funda el Colegio Mayor de San Ildefonso, alma de la Universidad de Alcalá de Henares, centro de la cultura renacentista.

Finalmente, en 1500, el gran humanista Ramírez de Villaescusa, nombrado obispo de Cuenca por los futuros Reyes Católicos, funda en Salamanca, junto al Colegio de San Bartolomé y en competencia directa con él, el Colegio Mayor de Santiago, llamado de Cuenca.

Como las otras fundaciones de Isabel y Fernando, esta fórmula de múltiples Colegios Mayores, semillero de una élite excepcional, seguirá su expansión más tarde. En especial por la fundación en 1517, de nuevo en Salamanca y por obra del antiguo secretario del cardenal Mendoza, el obispo de Mondoñedo, Diego de Muros, del Colegio Mayor de San Salvador, donde serán condiscípulos íntimos, entre otros, el futuro presidente del Consejo Supremo de Castilla bajo Felipe II, Francisco de Contreras, y el futuro santo Toribio (Toribio de Mogrovejo), inquisidor laico en Granada y luego segundo arzobispo de Lima, «la lumbrera más grande de todo el episcopado americano»40.

Setenta años después de la muerte de la reina, el testigo e historiador Diego Hurtado de Mendoza, hijo del célebre conde de Tendilla, uno de los hombres de confianza de Isabel, podrá escribir en su Guerra de Granada: «Pusieron los Reyes Católicos el gobierno de la justicia y cosas públicas en manos de letrados, gente media entre los grandes y pequeños, sin ofensa de los unos ni de los otros; cuya profesión eran letras legales, comedimiento, secreto, verdad, vida llana y sin corrupción de costumbres; no visitar, no recebir dones, no profesar estrecheza de amistades; no vestir ni gastar suntuosamente; blandura y humanidad en su trato; juntarse a horas señaladas para oír causas o para determinallas, y tratar del bien público». Hermoso homenaje, no siempre pero con frecuencia merecido, que testifica a favor de una formación de élite y de una voluntad regia.

Tras haber colmado las aspiraciones nacionales de reforma del Estado, le quedaba a Isabel colmar las aspiraciones populares de defensa local contra las oligarquías, que desde la pequeña revolución social de Sepúlveda a favor suyo (1472) se habían manifestado y extendido, a raíz de la reducción a la obediencia del vasto marquesado de Villena por los años de 1475. La victoria de los futuros Reyes Católicos sobre el magnate converso se recibió allí como «una esperanza de liberación» (Pérez). Revueltas populares solicitaron el apoyo real, participando en ellas tanto los campesinos como el pueblo de las ciudades, sobre todo en Alcaraz y en la misma Villena. De este modo, se reforzó la imagen de la monarquía de Isabel y Fernando, como una monarquía atenta a garantizar la protección de las aspiraciones populares y sociales. Tanto se enraizó en la memoria colectiva que, todavía en el siglo XVII, esta imagen inspirará un teatro tan importante y concurrido como el de Lope de Vega.

La representación popular

Uno se pregunta por qué los historiadores, incluso los mejores, han omitido subrayar que Isabel y Fernando respondieron institucionalmente a la aspiración popular, creando una representación que se elegía en los municipios. Todavía en 1964, el padre Azcona, que estudia al detalle la «elaboración del Estado castellano moderno», en las 750 densas páginas de su biografía de Isabel, no hace la más mínima alusión a ello. Y en 1970, Joseph Pérez, en su gran tesis sobre la Revolución de las Comunidades que sublevará a muchas ciudades castellanas contra el nieto de Isabel, Carlos V, en 1520, pone la representación popular elegida como la «principal conquista» de dicha Revolución. Sólo en 1988 rectifica el tiro en su Isabel y Fernando, restituyendo a los Reyes Católicos esta «principal conquista». Pero la minimiza al atribuirla sólo a algunas ciudades (cita Valladolid, Toledo, Burgos), diciendo que estaba «más o menos encargada» de denunciar los abusos; por lo demás, no se sabe cómo se hacían las elecciones.

En realidad, los archivos españoles de aquel tiempo atestiguan esa representación popular elegida, que existía también en otras muchas ciudades, además de las citadas, sobre todo en la más grande de la época, Sevilla, y en Granada. Tal representación actuaba en contacto directo con el Consejo Real, como se ve en 1484, 1493, 1494, por parte del «cabildo de los jurados» de Toledo. Y esta representación se elegía de la manera más auténtica y natural. Por no citar más que un ejemplo, ponemos el que nosotros hemos encontrado en los archivos de la importante familia Valdés, de Cuenca. Su cabeza de familia, Andrés, fue el enviado de Cabrera hijo, custodio del Tesoro real en Segovia, para manifestar su adhesión a Carlos V, todavía joven príncipe en Flandes. Dos hermanos menores de Andrés se hicieron célebres como escritores erasmistas, uno fue secretario de Carlos V y el otro iniciador de la Reforma protestante en Italia. Los tres conversos, como Cabrera. Andrés era «regidor perpetuo» de Cuenca.

Ahora bien, entre sus papeles —inéditos— figura la copia in extenso del acta por la que los Reyes Católicos crearon esta representación popular elegida, en los consejos de la ciudad. Un acta del 3 de febrero de 1498 que precisa que la representación elegida se establece «especialmente para la utilidad de las personas particulares, de los pobres y de los huérfanos», encargando que se levante acta de los abusos y de las cosas perjudiciales, para que estas actas puedan «ser notificadas a Nosotros y a los de nuestros Consejos». En cuanto a la elección, es la más natural posible: en general dos jurados elegidos por parroquia, a la manera que el pueblo cristiano elegía en ésta a los miembros de los consejos de fábrica encargados de la administración de los bienes de la parroquia, o a los presidentes (hermanos mayores) de numerosas cofradías.

En Cuenca se elegían dos procuradores, uno por parte de la población de la ciudad y otro por parte de la población de su territorio rural, siempre en las parroquias.

Esta representación popular elegida de Isabel fue tan eficaz y se hizo tan generalizada que la veremos transportada a América en 1530, por obra del oidor de la Audiencia Real de México, Vasco de Quiroga, quien la integró, con la misma función de control, en los consejos que regían sus admirables comunidades de indios, los Hospitales de Santa Fe. Según su biógrafo Warren, Quiroga se inspiró sobre todo en lo que había visto en su pueblo de Madrigal, cuna de Isabel. Todavía se sigue allí la estela isabelina, fecunda y netamente moderna.

El oro de la lana

Para decirlo todo, conviene subrayar también un aspecto de la reorganización del Estado por parte de Isabel, que ha podido ponerse en discusión. Se trata de un aspecto económico: el apoyo y promoción, en cuanto institución del Estado, de la gran ganadería trashumante, por la confirmación de sus privilegios concretos, el reforzamiento de sus instrumentos jurídicos y la protección de un consejo especializado, el Honrado Consejo de la Mesta, presidido por uno de los letrados más importantes del Consejo Real, el doctor Palacios Rubios, de origen humilde y muy cercano al pueblo. Algunos han denunciado esto como un atentado contra la agricultura, básicamente de cereales, menospreciada desde entonces, y como un atentado contra el desarrollo de la industria textil nacional, ya que la mayor parte de la lana que así se producía se destinaba a la exportación y no se transformaba en España.

Tales imputaciones son discutibles, al menos en relación con el tiempo de Isabel. En primer lugar, como escribe el historiador de la economía Ramón Carande, el apoyo a la ganadería trashumante «no era el resultado de una política económica caprichosamente elegida»41, pues tendía a revalorizar la principal riqueza propiamente castellana: la lana de gran calidad, muy apreciada en el mercado europeo, de las ovejas merinas, producto del cruce llevado a cabo por iniciativa local entre corderos del país y ovejas de África. Una riqueza considerable que la política seguida desde antes de los Reyes Católicos, y luego por éstos, llegó nada menos que a triplicar: se pasó de un millón de merinas en 1400 a casi tres millones en 1500. Sin el recurso masivo a la exportación, sobre todo a Flandes e Inglaterra, no se hubiera podido alcanzar tal número. El resultado de esta política fue espectacular, según señala Carande: «La lana trae a España, durante siglos, una riqueza comparable, mutatis mutandis, a las remesas indianas».

Jamás la agricultura, sobre todo la del cereal, hubiera obtenido un éxito parecido en las tierras por lo general mediocres de Castilla. Además de que, como lo hemos constatado en Madrigal, estas tierras eran entonces mucho más húmedas y herbosas que hoy, lo que naturalmente favorecía a la ganadería. Por otra parte, en realidad no era necesario promocionar la agricultura, ya que en la época de Isabel, Castilla era autosuficiente en producción de cereales y no conocía graves penurias. Una situación que se prolongará; pues como observa Bernard Vincent, en Sevilla, la metrópoli más sensible, «no hay huellas durante todo el siglo XVI de la menor veleidad de disturbios en relación con los cereales». Cuando se veía que la producción iba a ser insuficiente, se podía recurrir a la importación, proveniente sobre todo de Sicilia, a la sazón granero de todo el Mediterráneo y tierra de la que los Reyes Católicos eran también soberanos.

El apoyo eficaz que se dio a la gran ganadería trashumante fue en realidad una acertada especialización económica de orientación muy moderna. Pues además del producto tan apreciado, la lana merina, y de su productividad excepcional (vellones de ocho libras frente a cuatro de las ovejas francesas), Castilla tuvo el privilegio de las mejores condiciones de producción. Se hizo de tal manera que, mediante la trashumancia, se garantizó la mejor alimentación del ganado ovino en todas las estaciones: en invierno, sin nieve ni hielo, en las grandes dehesas de su mitad sur; y en verano, cuando estos pastos del sur se queman por el sol sofocante, en los abundantes y húmedos prados de las numerosas montañas de su mitad norte, ya sin nieve ni hielo. Por el contrario, la agricultura, al ser estática, acumula el efecto de las desventajas locales, al norte de grandes hielos y al sur de prolongados calores sofocantes. Y si las tierras, generalmente mediocres, son para ella un inconveniente, la oveja se acomoda mejor a ellas. Por lo demás, que no se diga, según una moda actual, que «el animal ahuyenta al hombre». Si fuera así, nuestro Charolais natal y Normandía estarían desiertos. Era la trashumancia por sí misma la que aportaba un plus de rentabilidad. Como lo han demostrado los investigadores de la Casa de Velázquez, la lana de ganadería estante se pagaba a un precio muy inferior al que se pagaba por la lana de ganado trashumante, que mejoraba con su alimentación excepcional.

Industria textil y marina

La imputación de un atentado contra el desarrollo de la industria textil nacional, apenas si es más convincente. Pues Isabel mantuvo en vigor la regla que, a partir de 1462, excluía la exportación de un tercio de la producción de lana. Se preocupó también de garantizar la calidad —realmente mediocre— de los textiles nacionales mediante sus Ordenanzas sobre la industria textil, seguidas de la entrada en acción de un inspector especial, Alfonso de Olmedo. Luego, contra la entrada excesiva de textiles extranjeros de lujo, prohibió la importación de brocados, satenes y tejidos de hilo de oro. Finalmente, en 1494, obligó a los comerciantes extranjeros a invertir el producto de sus ventas en la adquisición de mercancías nacionales. Esta disposición, reiterada en 1498 y 1503, muestra que la obligación difícilmente se aviene con la realidad, pero atestigua la voluntad firme de la reina en esta materia.

Y además no se puede olvidar el hecho de que la exportación masiva de lana fomentaba por otra parte un gran desarrollo comercial e industrial: el de la marina vasca, cuya importancia en relación con la seguridad nacional ya hemos tenido oportunidad de señalar; esta marina, que no sólo transportaba lana, sino también otras mercancías nacionales que se exportaban, se convirtió en un sector tan próspero que, no bastándole el Atlántico, buscó también los puertos del Mediterráneo, como lo demuestra Jacques Heers.

Por lo demás, no pensamos que la elección industrial que Joseph Pérez y otros autores desearían que Isabel hubiera hecho, habría sido verdaderamente fecunda. Esta elección la hará en el siglo XVIII español la monarquía «ilustrada» de Carlos III. De aquí resultará la creación de unas manufacturas decorosas, que describe muy bien el testigo francés Bourgoing, pero sin peso para imponerse en la competencia industrial internacional y ni siquiera suficientes para el abastecimiento interior; mientras que la exportación de lana de la Mesta producía todavía la considerable suma de más de 80 millones de reales (2.700 millones de maravedíes). El célebre historiador español Claudio Sánchez Albornoz puede hablarnos, en brillantes antítesis, del «cortocircuito de la modernidad», que para él tiene su origen en la Mesta de Isabel. En realidad, en lo que a la industria se refiere, en España no ha habido un cortocircuito, porque nunca ha habido corriente. Los españoles, que tienen otras cualidades, nunca han sido especialmente industriales. La evolución de los precios confirmará, por otra parte, lo bien fundado de la elección de Isabel: en el siglo XVIII el precio de la lana se duplicará, mientras que el precio del grano se estancará (Bourgoing).

Finalmente, no parece más fundada la imputación hipercrítica de Joseph Pérez, para quien el apoyo de Isabel a la Mesta fue también un atentado «ideológico: se hace todo para asegurar la primacía en Castilla de los intereses y de los valores aristocráticos»42. Y esto con el pretexto de que una gran parte de los rebaños pertenecían a los magnates de la alta nobleza o a las poderosas abadías. Pero el especialista Klein, confirmado por Carande, ha demostrado sobradamente que en la trashumancia la porción de pequeños ganaderos era importante, además de los sencillos e innumerables pastores que tenían, y tienen todavía, su pequeño rebaño personal. Y si los monarcas confiaban la presidencia de la Mesta a uno de sus letrados, era por el contrario porque veían en ello un medio poderoso de afirmar las prerrogativas reales por encima del traje de Arlequín de las posiciones locales y de los intereses particulares de la aristocracia. Como escribe Carande, la «cabaña real excluye el reconocimiento de jurisdicciones exentas; las órdenes militares, las comunidades religiosas, la Iglesia en suma, como la nobleza, quedarían, en cuanto a sus rebaños, bajo la jurisdicción real»43, atenta al interés general. Carande añade: «El favor que los Reyes Católicos dispensaron a la Mesta se podría explicar [...] porque presentían que su organización, extendida sobre el reino, sería un instrumento propio de poder soberano». Y concluye: «Gracias a la Mesta, los Reyes Católicos llegaron a creer firmemente que podrían integrar en la realidad [económica] las prerrogativas públicas peculiares del Estado moderno».

Por otro lado, los Reyes Católicos se preocuparon también de defender al pequeño campesinado (Jean-Pierre Molénat) frente a los excesos de la trashumancia. La «ley real de Toledo» de 1480 y su aplicación por jueces itinerantes (en los alrededores de Toledo el juez Zomeno) impusieron, en beneficio de los campesinos, a los trashumantes y sus asociados, grandes señores y ricos burgueses, distintas restituciones de tierras. En la Extremadura de Badajoz, base de la trashumancia, los litigios en la materia se rigieron desde 1500 por la ley y por una concordia entre las partes (Rodríguez Amaya).

El gran salto democrático

Pero aún hay más. La Mesta de Isabel supuso también un gran paso hacia la igualdad fiscal, al someter a la nobleza al doble impuesto que gravaba la trashumancia: el servicio y montazgo. La nobleza estaba hasta entonces exenta de ello, como lo muestra la cuenta correspondiente en 1453, en la que «todos los grandes señores y monasterios estaban exentos» (cf. nota 15). Después de los Reyes Católicos no había más que una familia de la nobleza que no pagaba el servicio y montazgo, los herederos del marqués de Santillana, y para un número de cabezas relativamente muy pequeño: 6.000 ovejas (sobre tres millones de ovejas trashumantes).

A continuación los Reyes Católicos fueron en ayuda sobre todo de la población campesina, como lo habían hecho con la población urbana al crear en ella la representación popular; y esto de manera aún más esencial. Pues fueron Fernando e Isabel quienes de manera decisiva «consolidaron el derecho de propiedad de las poblaciones rurales sobre los bienes que poseían en los señoríos» (cf. nota 15). Y esto por su pragmática del 28 de octubre de 1480, dirigida a todos los señoríos que poseían vasallos, que ordenaba «no impedir ni perturbar a los vasallos en la venta de sus bienes raíces, y permitirles alquilar estos bienes como mejor creyeren».

Así se desmantelaba en la práctica el derecho prevalente de los señores sobre la propiedad campesina, quedando ésta desde entonces de libre disposición. Y se realizaba el gran salto democrático, acercando al pueblo al «grado final de evolución que constituyó el estado-llano de la Edad Moderna» (cf. nota 15).

Una «monarquía popular»

En contra de la «primacía de los intereses y de los valores aristocráticos», que según Pérez pretendían asegurar Fernando e Isabel, en realidad «el progreso jurídico de la población rural recibió su más grande impulso bajo el reinado de los Reyes Católicos» (cf. nota 15). Hasta tal punto esto es verdad, que los especialistas de las instituciones de la conquista americana, que citamos aquí, lo advierten para justificar la protección de la propiedad de los indios, a los que Isabel garantizó —como veremos— los mismos derechos que a los españoles de sus reinos.

Hay que añadir, finalmente, que por su sentencia de Guadalupe de 1486, los Reyes Católicos permitieron a los siervos catalanes redimirse por una módica suma, beneficiándose de la estabilidad en sus tierras. Recordando esta intervención catalana, Pierre Vilar observa que las «preocupaciones económico-sociales» de los Reyes Católicos son evidentes. Y añade: «Ellos señalaron el futuro en todas las direcciones»44. La monarquía de Isabel fue, pues, una «monarquía popular», modelo de modernidad, tal como la memoria popular no ha dejado de evocarla y celebrarla hasta nuestros días.