Análisis de los códigos éticos de los medios mexicanos


 

A partir de la anterior propuesta de categorización de principios editoriales, nos permitimos analizar los documentos deontológicos que han hecho suyos diversos medios de comunicación en nuestro país. Para ello en cada código desmenuzamos y contabilizamos la presencia de los 25 principios éticos o criterios editoriales inscritos en cada uno de los cinco valores rectores (veracidad, independencia, responsabilidad, integridad profesional y servicio).46

 

Si bien no todos los códigos presentan los lineamientos en los términos conceptuales del presente análisis, se consideró que cumplen con alguno de esos criterios cuando expresan la misma idea, aun con diferentes palabras. 

 

En la revisión global se encontró que, con base en la escala de 25 criterios éticos, el valor más bajo se ubicó en tres principios mientras que el más alto registró 18. Este análisis no ilustra que un medio informativo sea más o menos ético: simplemente refleja qué tan explícito es su respectivo código deontológico en torno a las acciones y conductas deseables para responder responsablemente a su compromiso público.

 

Desde tal perspectiva, el análisis arrojó que tres medios públicos fueron los que mayor número de criterios acumularon y son, por ende, los más completos: Canal Once47 (18), Canal 22 (17) y Radio Educación48 (16). En contraparte, TV Azteca, Proceso (ambos con cinco) y Televisa (con tres), se ubicaron como las entidades mediáticas con menores cuantías.  

 

Veracidad

 

Constituye el valor presente en el  93% de los casos analizados. Los criterios éticos que aglutina representan la columna vertebral de la actividad periodística y por ello son infaltables.

 

De esa suerte, El Imparcial, por ejemplo, asegura que la sociedad “tiene derecho a saber la verdad completa, comprobable, en forma oportuna, sin intereses ni prejuicios personales”. El Porvenir resalta que es “obligación del periodista reproducir fielmente los hechos, sin omitir o distorsionar la información”. Por su parte, Canal 22 es más específico: 

 

La veracidad es el fundamento de la libertad de información. Es deber de Canal 22 ofrecer al público información cierta, auténtica y comprobable. Los contenidos audiovisuales que se presenten deberán ser el resultado de una investigación seria y acuciosa de los acontecimientos.  

 

En este tenor, Imparcialidad y equilibrio informativo es el criterio más recurrente: aparece en 27 textos deontológicos de un total de 29. Las excepciones son Televisa y TV Azteca. 

 

Corroboración y cotejo de datos se encuentra en 24 códigos (82%). 

 

Al final se ubicó la contextualización periodística  con 18 menciones (62%). 

 

Independencia

 

La autonomía periodística  tiene un orden de importancia del 72%: está presente en 21 códigos.  

 

Así, mientras que Imagen Informativa plantea que sus contenidos “sólo responderán al criterio e interés periodístico del medio”, Canal Once refiere en su Estatuto del Equipo de Noticias:

 

Artículo 10. Los periodistas realizarán su quehacer informativo con total independencia, y sus trabajos no serán sometidos a ninguna censura previa de ninguna autoridad pública o de la dirección del medio. 

 

Pero inmediatamente aclara que no se confundirá “la censura con una decisión selectiva del formato de estilo, de calidad profesional o de respeto a las políticas del medio, por parte de los editores o directores”.

 

En su afán por no dejar ningún cabo suelto, Canal 22 precisa la plena independencia de sus periodistas respecto de “las autoridades gubernamentales, individuos o grupos influyentes de la sociedad y del medio cultural, así como de anunciantes o patrocinadores”. 

 

En este mismo rubro, el criterio de los conflictos de interés y relación con las fuentes quedó en segundo lugar con 75%, y refleja la preocupación de los medios por evitar que sus reporteros comprometan su trabajo a cambio de prebendas. El Diario de Chihuahua, por ejemplo, pide rechazar todos tipo de regalos provenientes tanto de fuentes como de lectores. Incluso estipula que si no es factible regresar el obsequio, éste deberá donarse a la beneficencia.  

 

El diario Frontera de Tijuana plantea claramente el “repudio a ventajas personales”, y  que no pueden aceptarse regalos: expresamente prohíbe a los reporteros usar sus identificaciones de prensa o logotipos del periódico para obtener un trato preferencial.

 

Imagen de Zacatecas llama la atención por la peculiaridad de su proceder ante obsequios y dinero proveniente de las fuentes. A diferencia de todos los medios estudiados, que de entrada piden a sus periodistas rechazar los regalos, los periodistas de Imagen sí pueden aceptar el dinero o el obsequio. Tras haberlo hecho deben avisar a la dirección general y, en caso de que sea efectivo, el reportero y la dirección deben depositar el dinero en una cuenta bancaria (aunque no explica si en una existente o debe abrirse una). Posteriormente se expide un cheque a nombre de la institución que dio el dinero. Tras ello, se debe redactar una carta dirigida a la máxima autoridad de la institución en cuestión, informando del regreso del dinero, con número de cheque e institución bancaria que lo expide y fecha. En la carta, Imagen dejará en claro que busca una relación profesional. (Incluso el diario refiere que usar influencias para obtener privilegios es motivo de despido). Sin embargo, en el código no se especifica cómo proceder con los regalos en especie.

 

Los criterios de libertad de expresión y derecho a la información fueron considerados en 51% de los casos, es decir en 15 códigos. Destaca el bajo perfil de estos principios éticos pese a que en los últimos años se ha desarrollado una cultura de la transparencia y se ha registrado mayor apertura en los medios de comunicación derivada de la pluralidad política.

 

Responsabilidad

 

El respeto al derecho de réplica y rectificación  y el respeto al secreto profesional del periodista, han ganado terreno en los últimos años como un compromiso central de los medios hacia la sociedad. No es extraño entonces que ambos se ubiquen como los principios editoriales más privilegiados en el rubro de responsabilidad (cada uno acumula 72%) con 21 menciones. Los medios analizados coinciden en que debe mantenerse el anonimato de la fuente cuando ésta lo solicite, en casos en los que corra peligro su vida o pueda haber represalias en su trabajo o vida personal.

 

El respeto al anonimato de víctimas y a la presunción de inocencia de personas inculpadas en procesos judiciales es una regla estipulada en 55% de los textos deontológicos con 16 referencias. Los medios coinciden en no revelar la identidad de víctimas de delitos como secuestros, violaciones y robos, sobre todo cuando se trata de mujeres y menores de edad. Además piden dar un trato de presuntos responsables a las personas que son acusadas de cometer algún delito: se parte de que son inocentes hasta que un juez diga lo contrario.

 


 

Integridad profesional

 

La distinción entre opinión e información tiene la mayor presencia en el marco de este valor con 65%, pues aparece en 19 códigos. El Financiero, por ejemplo, refiere que las notas no deben editorializarse y que el reportero no puede trasladar sus simpatías personales, ideológicas o de partido sobre personajes, organismos e instituciones. Otro caso interesante es TV Azteca, que se compromete a “No editorializar o presentar opiniones personales a menos que éstas sean claramente identificadas como tales”. Y Canal Once se obliga a distinguir la información, el análisis y la opinión, y a diferenciar en sus noticiarios la presentación de cada género periodístico.

 

Con 65% de incidencia en los códigos (18), el uso correcto del lenguaje sigue en las consideraciones de los medios. Llama la atención que tal criterio no tenga mayor presencia, siendo la palabra la herramienta central de la comunicación mediática. La Crónica de Hoy considera que “aquel periodista que comete faltas graves a la gramática y ortografía españolas se convierte en cómplice de una degeneración innecesaria del lenguaje”.

 

En el terreno electrónico, mientras que el Imer es muy sobrio (“Buscar una expresión sencilla, asequible y directa”), Canal Once entra en mayores detalles al pedir que se eviten ambigüedades, abstracciones y generalidades, así como frases hechas, apodos, lenguaje oficial o burocrático. Incluso conmina no sólo a cuidar la puntuación, la ortografía y la puntuación, sino también a privilegiar las palabras en español y a explicar las siglas que se enuncien.

 

La  distinción entre publicidad e información tiene un bajo perfil con 37% de menciones (11 códigos). El Regional del Sur de Morelos sostiene que el diario no induce la información ni vende su línea editorial. El Economista  obliga a distinguir entre gacetilla política y notas pagadas. Algunos medios, como El Informador, cambian la tipografía de la información pagada para que el lector visualmente la distinga de la periodística. El noticiario Imagen Informativa prohíbe mezclar publicidad con información, y Canal 22 convoca a evitar la promoción de productos o servicios de carácter no cultural en sus programas informativos.

 

La identificación de fuente y metodología de encuestas apenas se menciona en 24% de los códigos. La difusión de encuestas ha cobrado relevancia a través de los medios, sin embargo sólo siete códigos éticos contienen lineamientos para publicarlas. Destaca que Reforma, el primer diario en divulgar encuestas en sus páginas, no refiera  ningún criterio para su publicación. Caso contrario es El Informador, que especifica sólo la publicación de encuestas realizadas por empresas o instituciones de reconocido prestigio, o las elaboradas a petición del mismo diario. Asimismo, el periódico publica encuestas cuando se presente el estudio completo, incluyendo su justificación y para ello se citará la fuente y la vitrina metodológica. El Porvenir  refiere que las encuestas y sondeos se publicarán junto con su metodología.

 

El rechazo al plagio también es considerado sólo por 31% de los medios analizados. El Universal  considera que “no es válido emplear de manera ilegítima la información recabada por colegas u otros profesionistas”, y agrega que los lectores pueden confiar en que lo publicado es trabajo del autor, a menos que la nota indique lo contrario. Canal Once, por su parte, se obliga a mencionar a la fuente original  si usa material ajeno y con previa autorización. Igualmente, TV Azteca dice respetar el crédito correspondiente “al utilizar material de otros”. 

 

La distinción entre rumor e información está en los niveles más bajos de consideración con 17%, lo que equivale a cinco códigos. Tanto El Economista como El Financiero, diarios especializados en economía, hacen una clara distinción debido a que en finanzas los rumores pueden acarrear consecuencias en los mercados.  El Financiero pide que cualquier información controvertida, deberá  corroborarse al menos con dos fuentes y tener  documentos o grabaciones que la sustenten. El Regional del Sur también tiene como principio distinguir entre noticias y rumores, pero estipula que sólo en aquellas ocasiones excepcionales en que los datos no puedan comprobarse y sean de un “gran interés general”, se publicarán “versiones o noticias sin confirmar, haciendo énfasis en el carácter parcial de la información”. Radio Educación rechaza  la difusión de los llamados trascendidos o rumores por considerar que “no son noticias sino asuntos que deberán investigarse –si la calidad de la información obtenida lo amerita– para difundirlos posteriormente”.

 

No pagar por información  es un criterio ético considerado en cuatro códigos, 13% del total. El Semanario, El Imparcial, Canal Once y Provincia de Michoacán renuncian expresamente a esta forma de obtener información. 

 

El 20% de los códigos rechaza el amarillismo  en los contenidos informativos. Destaca que el grueso de los medios omita este criterio, considerando que lamentablemente se trata de una práctica recurrente. El diario Noroeste sí le da peso: dedica un apartado al tema y define los términos amarillismo y prensa amarillista como el manejo sensacionalista de la información mediante la exageración de la realidad noticiosa, explotación del morbo y atribución de dichos no declarados por la fuente, entre otras. Para evitarlo, Noroeste pide a su reporteros no injuriar, no recurrir a la nota “fácil, volada o inflada”, no tergiversar datos para hacer atractiva la información, no explotar el morbo, no publicar nombres de empresas o negocios donde haya ocurrido un hecho violento a menos que sea necesario.

 

El  respeto a la cláusula de conciencia es un principio ético que tiene mucho arraigo en el periodismo anglosajón, pero no así en el mexicano. Casi  83% de los códigos dejan de lado tal criterio. Sólo cinco medios reconocen este derecho del periodista: El Semanario, Síntesis de Puebla, Canal Once, Canal 22 y La Voz de Michoacán.49

 

El Semanario estipula  que ningún periodista puede ser obligado a escribir o hacer algo contrario a los valores éticos suscrito en su código de ética, ni puede ser obligado a publicar algo en contra de sus creencias. Síntesis de Puebla se compromete como empresa a respetar el trabajo de sus periodistas y, por ende, no podrá obligarlos a realizar trabajos contrarios a su conciencia o actuar en contra de sus normas éticas. Canal Once lo específica de manera bastante clara en el artículo 17 de su Estatuto de Noticias: 

 

Los periodistas de Canal Once podrán acogerse a la Cláusula de Conciencia, es decir, tendrán la facultad de negarse a realizar un determinado trabajo informativo cuando consideren que vulnera el marco jurídico del Canal Once, así como las políticas, códigos o manuales de autorregulación, o cuando violente su conciencia profesional o moral.

 

Pero puntualmente enfatiza en el siguiente artículo que la invocación de esta Cláusula “nunca será motivo de rescisión  del contrato de prestación de servicios o sanción de otro tipo, pero sí el uso fraudulento de la misma”.

 

Servicio

 

El principio de no discriminación está contenido en 11 códigos, lo que equivale al 37% de los casos. El Debate apunta que el periodista no debe marginar, ofender, subestimar o excluir a ninguna persona por su religión, cultura, raza, color entre otras. Canal Once, por su parte, plantea evitar los términos informativos peyorativos o discriminatorios.

 

 Atender cartas, llamadas y correos electrónicos de la gente es una práctica cotidiana en todas las redacciones de los periódicos, pero es soslayada por 70% de los medios que tienen códigos. En otras palabras: sólo 30% contemplan vías de comunicación abiertas al público tales como correos electrónicos, cartas, llamadas, entre otras. A este respecto baste recordar el señalamiento del Imer al comprometerse a “mantener abiertas todas las formas posibles de comunicación con el auditorio”, y de Imagen Informativa, que se propone estimular “un contacto directo con su público a través de las vías telefónica, fax, correo electrónico u otra, y a difundir –cuando lo considere necesario– las opiniones sobre el trabajo de los conductores, comentaristas, reporteros, redactores y productores”.

 

La preocupación por el bien común y el servicio a la comunidad  se encuentra tan sólo en 13% de los códigos. El Porvenir se fija como misión el “apoyar las causas nobles de la sociedad”, y obliga a sus reporteros a atender los llamados ciudadanos para denunciar carencias en su colonias, o vejaciones de la autoridad.   

 

Quizás sea el Canal 22 uno de medios que define mejor esta vertiente al señalar que en su propósito por ofrecer contenidos de calidad para formar ciudadanos bien formados y propiciar el debate y la crítica, sus miembros han adoptado “los más altos estándares éticos y profesionales al servicio del interés público y el bien común”.

 

Finalmente, el criterio de defensor del público tiene una pobre presencia en los códigos. Apenas seis medios contemplan esta figura: El Economista, Noroeste, Síntesis, Radio Educación, Canal 22 y Canal Once.50

 

Noroeste estipula que el defensor del lector trabajará sobre lo ya publicado y su misión es vigilar que el periódico sea justo; que se cumpla con la técnica periodística y la ética contenidas en su manual de estilo y código deontológico; atenderá quejas y preocupaciones del lector, así como emitirá recomendaciones internas sin que medie queja alguna; canalizará observaciones del lector a la redacción, de manera pública –a través de la columna– o privada, según lo considere. 

 

 Mirada por tipo de medio

 

En el rubro exclusivo de los medios impresos, tres diarios del norte del país se colocaron a la cabeza del ranking de los códigos éticos, al cumplir con el mayor número de criterios: El Imparcial de Sonora, El Porvenir de Monterrey y Noroeste de Sinaloa, cada uno con 15 de 25 posibles empataron en primer lugar.

 

En el segundo sitio se ubicó El Economista con 14 principios editoriales.

 

En el tercer lugar empataron cuatro diarios: El Debate, Reforma, El Semanario y Síntesis de Puebla, todos con 13 criterios éticos. 

 

La cuarta posición la comparten El Universal y Provincia de Michoacán, los cuales completaron 12 puntos cada uno.

 

En el último lugar del ranking de impresos quedó la revista Proceso con cinco criterios, lo que representa 21% de los rubros. 

 

Entre los medios electrónicos, los sitios más destacados fueron para las televisoras públicas. El código de ética más completo es el de  Canal Once, el cual cubrió 78% de los criterios, es decir 18 de 25; y le sigue Canal 22 con 73% de los criterios, esto es 17. 

 

En contraste, las televisoras privadas muestran un bajo perfil en sus códigos: TV Azteca sólo cumple con cinco criterios equivalentes al 21%, y Televisa apenas suma 13% (tres criterios).

 

En el caso de TV Azteca, en su código se hace referencia a los siguientes criterios: 1) contrastar y corroborar información, 2) respeto a la vida privada y al honor, 3) secreto profesional,  4) distinción entre opinión e información, y 5) conflictos de interés y relación con las fuentes: rechazo a ventajas personales.

 

La baja calificación de Televisa obedece a que más que un código deontológico sobre temas periodísticos, presenta un documento en torno a ética corporativa que establece cómo se deben comportar los empleados en relación con los anunciantes, olvidándose de la audiencia. Aun así se registraron tres criterios: 1) responsabilidad social del periodista y de los medios de comunicación, 2) secreto profesional,  y 3) conflictos de interés y relación con las fuentes.

 

Casos especiales

 

A lo largo del análisis se consignaron dos criterios que no fueron integrados en la lista general, pero que dada su relevancia merecen ser destacados: los referidos al tratamiento informativo de asuntos como el secuestro y el narcotráfico.51 El tema de seguridad ha tenido un amplio despliegue en los medios, pero pocos tienen líneas editoriales en el manejo de ese tipo de información.

 

Noroeste dedica un apartado titulado “Manejo periodístico de los secuestros”. El diario considera que tal tipo de información implica un manejo ético delicado y difícil. Por ello estipula que sólo se abordarán esos casos cuando haya certeza del hecho. El reportero deberá evitar revelar datos sobre el patrimonio de la víctima, no incluir los términos “acaudalado” u otro sinónimo que podría despertar la codicia de los secuestradores. Asimismo prohíbe publicar datos sobre el avance de las investigaciones para no propiciar la fuga de los delincuentes o alertarlos. 

 

Provincia de Michoacán es el único medio que incluye el tema del narcotráfico en el apartado de seguridad: parte del principio de que el valor más alto es la vida, y por ello la búsqueda de la noticia y su profundidad “no se antepone a la seguridad de reporteros y editores”, sobre todo en la cobertura del narcotráfico. En estos casos, la información se difunde –refiere el diario– cuando es hecha pública por la autoridad.

 

Órganos de seguimiento 

 

Un código deontológico en el periodismo constituye, pues, uno de los mecanismos fundamentales para instrumentar lo que llamamos la autorregulación informativa.52 En este contexto es oportuno recordar que ésta contempla dos tipos de recursos: a) los documentos, tales como los códigos deontológicos, los estatutos de redacción y los libros de estilo; y b) los organismos, particularmente el Defensor del Público, los Consejos Editoriales y los Consejos de Prensa.53   

 

En otras palabras: los organismos representan las vías para procurar el respeto y la aplicabilidad de los documentos acordados por los miembros de los medios de comunicación, como los códigos de ética.54 Sin este tipo de entes, cualquier código deontológico ve imposibilitada su auténtica efectividad por muy redondo que sea su planteamiento.

 

En el caso que nos ocupa, encontramos que de los 29 códigos de ética periodística revisados sólo nueve hacen referencia a Comisiones, Consejos o Comités editoriales sobre los cuales sólo dos procuran precisar su funcionamiento; los siete restantes, sin embargo, no definen, describen ni explican sus dinámicas de operación.55

 

En la misma tesitura de organismos que pueden velar por la aplicabilidad y respeto de los documentos deontológicos, observamos que únicamente seis medios han impulsado la creación de defensores del público: El Economista, Noroeste, Síntesis, Canal 22, Canal Once y Radio Educación.

 

A partir del análisis global de los códigos de ética periodística en México, podemos afirmar que Canal Once representa el modelo a seguir: es el único medio que incluye un estatuto interno que reconoce la autonomía del área de noticias frente a la dirección del canal, cuyo fin es encauzar el diálogo institucionalizado, respetando la libertad de opinión y expresión.

 

El estatuto define las características del periodista profesional, sus deberes y derechos entre los que destacan la cláusula de conciencia. También delinea los ejes rectores que debe seguir la Dirección de Noticias. Contempla la figura del Comité de Noticias, la cual no es considerada en ningún otro código. De acuerdo con el documento, dicho órgano “ejerce tareas de mediación entre la redacción y la Dirección de Noticias y de Canal Once. El Comité asume la representación profesional de los periodistas”. El Comité debe observar cualquier cambio o vulneración de la independencia editorial, incumplimiento de la normativa jurídica y deontológica del medio o incumplimiento del estatuto entre otras funciones.

 

Canal Once incluye un Estatuto del Defensor de la Audiencia, donde se reconoce que el televidente tiene el derecho de expresarse, manifestar sus inquietudes, realizar observaciones y buscar respuestas a sus dudas.  Se estipula que el Defensor de la Audiencia sea alguien externo al Canal, con reconocido prestigio.

 

El caso de Canal 22 también es emblemático: su modelo de Defensor del Televidente, además de que vela por el interés del público, cuenta con un Comité de Ética que se encarga de observar el cumplimiento del código, figura inexistente en otros medios, aunque podría tener similitudes con el Estatuto del Canal Once.

 

El documento de Canal 22 estipula que el Comité de Ética, junto con el Defensor del Televidente, tendrá reuniones periódicas para evaluar el cumplimiento del código. También se reconocen los deberes y derechos de los periodistas.

 

Finalmente –y de acuerdo con el análisis de los principios editoriales considerados en los códigos aquí reunidos–, resulta de sumo interés y preocupación hacer notar que de los valores contemplados en la tipología propuesta, sean el Servicio y la Integridad profesional los más desestimados. Quiere decir ello que el tamaño de las tareas por emprender en materia de autorregulación periodística en México se antoja inmenso. No obstante, los primeros pasos ya se han dado como lo corrobora la presente compilación deontológica.

 


Image


 

Image