Si bien no pocos cuestionan las bondades de los documentos dentológicos del periodismo, éstos no escapan a las críticas y descalificaciones. Son varias sus virtudes, entre las cuales destacan el que orientan sobre las mejores formas de proceder al momento de elaborar los contenidos mediáticos; suponen un compromiso público de las responsabilidades éticas de la profesión periodística, lo cual tiende elevar la confianza y credibilidad hacia los medios informativos y sus hacedores; permiten el aprendizaje colectivo de los periodistas mediante el ejercicio de la revisión, el análisis y la autocrítica de su quehacer; abren la posibilidad de afianzar y defender los parámetros internos de actuación frente a la posible intromisión de poderes externos; implican una carta de intención en busca de mayor reconocimiento y buscan acrecentar la dignidad profesional de los periodistas.
Los detractores de los códigos deontológicos, sin embargo, cuestionan su posible relevancia y utilidad al señalar varias críticas que podemos resumir de la siguiente manera: a) pueden significar una restricción a la libertad de expresión, b) su planteamiento y presentación tan generales o ambiguos vuelven poco práctico y útil su manejo, y c) carecen de mecanismos suficientes para darles auténtica efectividad y así velar por su respeto.16
Para hacer frente a tales señalamientos, Hugo Aznar plantea las siguientes puntualizaciones:
a) La autorregulación ética no debe ni puede suponer una restricción de libertad, pues ha de nacer en función del compromiso libre y voluntario de los propios miembros del medio informativo. “Un código de ética profesional no es, pues, una imposición externa de normas que limiten la libertad del profesional, sino una explicitación de las normas que regulan y rigen desde dentro una práctica profesional y hacen que ésta exista como tal en la sociedad”.17
b) Para reducir el margen posible de interpretaciones interesadas, fragmentarias o parciales, es recomendable introducir en los documentos deontológicos especificaciones en los casos de las prácticas controversiales más recurrentes.
c) Una forma de procurar la real aplicabilidad de los códigos de ética es la búsqueda de equilibrio entre la capacidad sancionadora de los mismos y el respeto a la libertad de expresión en una sociedad democrática. Una vía intermedia, asegura Aznar, sería buscar sanciones informales o morales, particularmente las de la opinión pública y el rechazo de los colegas, lo cual ya instrumentan algunos órganos de autocontrol o consejos de prensa.
Respecto de este último punto no puede olvidarse que, a diferencia del orden jurídico, los códigos de ética sólo aspiran a encaminar y hacer aplicable la conciencia de responsabilidad profesional.18 En otras palabras: si bien tales mecanismos autorregulatorios pretenden inspirar un comportamiento profesional de cara a la ciudadanía, su quehacer no tiene la fuerza de ley porque se sustenta en una reivindicación ético-moral de mayor envergadura: el convencimiento, la voluntariedad y el compromiso de los involucrados.19
Más allá de posibles autocomplacencias deontológicas, resulta indispensable subrayar algunas consideraciones dignas de tomar en cuenta:
a) Los códigos de ética suelen sostenerse más en las conductas individuales de los periodistas que en las decisiones y acciones de las empresas periodísticas. Pero es preciso enfatizar que no es suficiente la disposición e iniciativa de los informadores, por muy nobles y comprometidas que éstas sean. El diseño y concepción de un formidable texto deontológico puede venirse abajo si no se sustenta o no tiene el indeclinable respaldo de los directivos mediáticos.
b) Ningún código deontológico puede considerarse un documento concluido. Necesita estarse enriqueciendo mediante las experiencias cotidianas, y revisarse periódicamente de manera que los eventuales problemas, los dilemas recurrentes y las más apropiadas soluciones puedan ser contempladas y aprovechadas como pautas de conducta profesional.
c) El nivel de aplicabilidad y grado de respeto a los códigos éticos se asocia indefectiblemente a las condiciones laborales y salariales de los periodistas, así como a la cultura política de los dueños o directivos de cada medio de comunicación.
d) Igualmente, la garantía de cumplimiento o eficacia de un código de ética dependerá de la existencia de algún mecanismo de seguimiento y aplicación que vele por su respeto, sea mediante el escrutinio de un consejo editorial, un defensor de la audiencia, un consejo de prensa o un observatorio ciudadano. Sin una instancia que monitoree, analice, valore y dictamine sobre la calidad de los contenidos, el documento deontológico corre el riesgo de convertirse, primero, en un triste recurso ornamental y, después, en letra muerta.
e) En sí mismos, los códigos constituyen una valiosa convocatoria al diálogo con los ciudadanos para que éstos escudriñen, analicen critiquen vigilen y propongan. El que sirvan o no las normas éticas también depende de la ciudadanía, no sólo de los medios e informadores. En tal sentido, Raúl Trejo Delarbre sostiene: “Cuando un medio cuenta con un código de ética al menos los televidentes, radioescuchas o lectores tienen un parámetro para determinar su congruencia con las reglas y los principios que dice respetar”.20
f) De poco servirá un código si en la construcción del mismo no se involucra a los diversos miembros de la redacción que habrán de hacer valer y respetar las normas deontológicas acordadas, y si éstas no se conocen o difunden tanto dentro del propio medio informativo como a la luz pública a través de los distintos soportes tecnológicos.
Los códigos de ética no son la panacea frente a las irresponsabilidades, los excesos o las inepcias de los medios de comunicación, pero pueden contribuir a guiar el trabajo de los periodistas.
Quizás adolezcan de ciertas fragilidades, pero las ventajas pueden ser mayores si hay verdadera voluntad de trascender los meros propósitos retóricos u ornamentales.