Poder Judicial de la Nación

En Buenos Aires, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil, siendo las 10.35 horas se constituyó el Tribunal Oral en lo Criminal federal N° 6, con la Presidencia del Dr. José Valentín Martínez Sobrino y los Vocales Dres. Horacio Alberto Vaccare y María del Carmen Roqueta, actuando como Secretarios la Dra. Adriana Palliotti y el Dr. Tomás Alfredo Rush; representando al Ministerio Público los señores Fiscales Dres. Raúl Pedro Perotti y Gerardo Di Massi, las querellantes María Angélica, Sofía y Cecilia Prats Cuthbert junto a sus representantes, Dres. Luis Moreno Ocampo T 47 F158 del C.P.A.C.F, Guillermo Jorge, T 60 F453 del C.P.A.C.F., con domicilio constituido en Libertad 1213, 3er piso; los querellantes en representación del Gobierno y del Estado de la República de Chile, Dr. Alejandro Carrió, T XI F 812 de la C.S.J.N, y don Hernán Víctor Gulco, T 27 F 0507 del C.P.A.C.F, quienes constituyeron domicilio en San Martín 439, 9 piso y actuando los Dres. Eduardo Raúl Gerome, T VII F43 del C.P.A.C.F. y Enrique Terrarosa, T 58 F964, con domicilio constituido en Tucumán 1621, 7 piso departamento M, como defensores de confianza de ENRIQUE LAUTARO ARANCIBIA CLAVEL (alias Juan, Juan Felipe, Luis Felipe Alemparte Díaz, Luis Felipe Alemparte, Luis Felipe Arizmendi y Miguel Alemparte Díaz), D.N.I. N° 92033.897, chileno, soltero, comerciante, hijo de Enrique Arancibia y Violeta Clavel, nacido en Punta Arenas, Chile, el 13 de octubre de 1944, de 55 años de edad, de ocupación al momento de su detención como propietario de una empresa de mantenimiento de edificios, con un ingreso estimado de $3.000 o $4.000, quienes también se encontraban presentes, a fin de celebrar la audiencia del debate oral y público en la causa N° 259, caratulada «Arancibia Clavel, Enrique Lautaro s/ sobre doble homicidio agravado y asociación ilícita»).

A continuación el Sr. Presidente advirtió al imputado que estuviera atento a todo lo que iba a oír y a suceder en el curso de la audiencia, explicándole que podría contar con la asistencia de sus letrados defensores en todo momento excepto cuando prestara declaración o antes de responder a una pregunta. Luego de ello dispuso se diera lectura al requerimiento de elevación a juicio de la querella en representación de Sofía, Angélica y Cecilia Prats Cuthbert que se encuentra glosado a fojas a fs. 5539/82 donde se imputó a Enrique Lautaro Arancibia Clavel la participación en los delitos de asociación ilícita y doble homicidio agravado, en concurso real. Seguidamente se dio lectura al requerimiento de elevación a juicio efectuado por el Dr. Ricardo Guillermo Ross Kerbernhard, querellante en representación del Estado y Gobierno de Chile, que se encuentra agregado a fs. 5583/93 donde se reprochó a Arancibia Clavel la comisión de delitos antes referidos. A continuación se dio lectura al requerimiento de elevación a juicio de los representantes del Ministerio Público Fiscal, Dres. Jorge Di Lello y Jorge Álvarez Berlanda, que se encuentra glosado en fs. 5664 y siguientes, donde se imputó al encartado la participación necesaria en el homicidio del General Carlos José Santiago Prats González y su esposa, Sofía Cuthbert Charleoni, en concurso real con asociación ilícita. Finalmente se dio lectura de los considerandos del auto de clausura de la instrucción y elevación a juicio obrante a fojas 5734/37, mediante el cual el juez instructor resolvió declarar la clausura del sumario, disponiendo que se eleven las actuaciones a juicio para que se juzgue a Arancibia Clavel en orden del delito previsto y reprimido en la primera parte del artículo 210 del Código Penal en concurso real con doble homicidio agravado, este último en calidad de partícipe necesario, tras lo cual el Sr. Presidente declaró abierto el debate.