Este planteamiento teórico quiere responder a las
necesidades de justificación y articulación de los dis-
tintos niveles de la praxis y las relaciones entre mo-
ral, derecho y política. Es una conceptualización que
permite enlazar los tres ámbitos, sin caer en las su-
bordinaciones habituales de las teorías tradicionales.
Del principio discursivo se derivan a la vez el prin-
cipio ético y, con la ayuda de algunos conceptos com-
plementarios, el principio de democracia que se en-
cuentra en la base del orden político-jurídico.
Pero Habermas, siguiendo también en este caso
los pasos de Kant y las explicaciones de la psicología
evolutiva, piensa que la razón práctica, la capacidad
de racionalización de las acciones humanas, se utiliza
de varias formas según el grado de complejidad de
las situaciones y la habilidad operativa de los sujetos.
Las teorías éticas más importantes han sabido captar
alguno de los aspectos relevantes de los distintos en-
foques posibles. Existen tres usos o modelos carac-
terísticos de razonamiento práctico:
Primero, el cálculo pragmático de costes-benefi-
cios, de la relación medios-fines y de las consecuen-
cias de la acción, desde la perspectiva individualista.
El utilitarismo ha explorado a fondo este tipo de ra-
zonamiento y ha puesto de manifiesto el conflicto
permanente entre la máxima «el mayor bien para el
mayor número» y el individualismo del que parte.
Segundo, la orientación de la vida según una de-
terminada concepción del bien, la felicidad, la pleni-
tud de los seres humanos, en una consideración emi-