Editorial UOC 309 Capítulo III. Ordenación jurídica...
3.1.2. Los derechos y deberes existentes entre las partes
del contrato
En segundo lugar, no cabe duda de que junto a los poderes del empresario re-
cogidos en el apartado anterior, la existencia de un contrato de trabajo entre un
trabajador y un empresario implica también deberes para el empresario, así como
derechos y deberes para el trabajador. Al análisis de unos y otros dedicamos las
páginas siguientes.
1) Deberes del empresario
Tal y como señalábamos, la celebración de un contrato de trabajo comporta
una serie de deberes para el empresario, entre los que destacan, por su impor-
tancia, los dos siguientes:
a) El deber de ocupación efectiva, que se traduce en que los trabajadores tienen
derecho a la ocupación efectiva durante toda la vigencia del contrato de trabajo.
El incumplimiento de este deber empresarial constituye un incumplimiento
grave del empresario, que permite el recurso por parte del trabajador a la reso-
lución del contrato de trabajo conforme al artículo 50 del Estatuto de los Traba-
jadores, en el que se prevé que “serán causas justas para que el trabajador pueda
solicitar la extinción del contrato: [...] c) Cualquier otro incumplimiento grave
de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza ma-
yor [...] 2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones se-
ñaladas para el despido improcedente”.
De llegar a aplicarse el citado artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, el
trabajador percibirá una indemnización equivalente a 45 días de salario por año
de servicio, con un máximo de 42 mensualidades.
Si la falta de ocupación se debiera a la interrupción de la actividad de la em-
presa por causas imputables al empresario, el trabajador tendrá derecho a seguir
percibiendo el salario y el empresario no podrá hacer compensar al trabajador
el tiempo perdido con otro trabajador posterior.
En cambio, si la falta de ocupación se produjera por causas no imputables al
empresario (por ejemplo, fuerza mayor), los efectos son distintos, ya que podrá
producirse la suspensión e incluso extinción del contrato, en los supuestos y
mediante los procedimientos legalmente previstos.