Editorial UOC 305 Capítulo III. Ordenación jurídica...
y lugar de ejecución del trabajo. El poder de dirección es un poder de organi-
zación de la prestación laboral que implica la facultad de especificar la presta-
ción debida dentro de las posibles, conforme a la cualificación profesional del
trabajador. Este poder lo ejercerá directamente el empresario o a través de
otras personas.12
“La libertad de empresa comprende, en primer lugar, la de su creación y estableci-
miento y también, como lógica consecuencia de ello, la de organizarla y dirigirla.”
A. Martín Valverde (1998). Derecho del Trabajo (pág. 246). Ed. Tecnos.
El fundamento último del poder de dirección se encuentra en el artículo
38 de la Constitución Española, en el que se reconoce la libertad de empresa.
En efecto, tal y como señalan Martín Valverde, Rodríguez-Sañudo y Gar-
cía Murcia (1998, pág. 247): “[...] por lo que al trabajador en concreto se re-
fiere, el poder de dirección nace por el contrato de trabajo suscrito entre
ambos sujetos; ello quiere decir que el trabajador, en virtud del contrato y
en el cumplimiento de la prestación laboral, entra en una esfera sometida a
un poder de dirección cuyo titular es la persona para la que se trabaja. Por el
contrato de trabajo el trabajador compromete su prestación personal de tra-
bajo, pero no es él mismo el facultado para decidir cómo debe realizarla, qué
medios va a utilizar para ello ni qué resultados debe conseguir: todas estas
decisiones pertenecen al ámbito de las facultades directivas del empresario,
que ordena y dirige el contenido de la prestación laboral, coordinándola –si
la relación de trabajo se da en el seno de la empresa– con las del resto de los
trabajadores a su servicio [...]”.
Partiendo de todo ello, cabe señalar que las manifestaciones del poder de di-
rección en la actualidad son las siguientes:
a) La facultad de dar órdenes e instrucciones generales, ya sea de forma verbal
o con otros medios, tales como el tablón de anuncios y las circulares internas.
b) La facultad de dar órdenes e instrucciones particulares a cada trabajador
o grupo de trabajadores.
12. Respecto al alcance del poder de dirección: M.D. Román de la Torre (1992). Poder de dirección y
contrato de trabajo. Valladolid: Ed. Grapheus.