Editorial UOC 194 Teoría de las relaciones laborales...
de reglas puede adoptar cualquiera de estas formas; pueden ser escritas, constituir una
tradición oral o una práctica costumbrista.”
J.T. Dunlop (1958). Sistema de relaciones industriales (pág. 37). Barcelona: Península, 1978.
El objetivo normativo de los actores es el orden; es decir, establecer normas
para regular la acción dentro del subsistema de relaciones industriales. Esta visión
normativista nos vuelve a recordar el énfasis reglamentista que antes habíamos
tratado ya en la escuela de Oxford. Sin embargo, hay una diferencia fundamental:
ahora, en el estructural-funcionalismo, según Parsons y Dunlop, las normas están
supeditadas al orden global del sistema. No existe diversidad de reglamentación
como presuponía el pluralismo que nos sugerían Flanders, Fox y Kahn-Freund,
entre otros. El poder y el orden están ubicados en la sociedad más amplia y no en
las relaciones entre empresarios y sindicatos.
La principal función de los actores del subsistema de relaciones laborales
es el cimiento estable de las reglas. Las reglas se definen como las obligaciones
y actuaciones esperadas de los actores sociales, y aluden a derechos y deberes.
Estas reglas pueden ser negociadas y acordadas informalmente, o pueden ser
el resultado de la costumbre y la tradición. Sin embargo, las reglas de los sub-
sistemas de relaciones industriales tienen un significado más concreto y limi-
tado: no afectan al orden general.
Siguiendo a Dunlop, podemos distinguir tres tipos de reglas:
a) Reglas de procedimiento, que sirven para negociar el establecimiento de nor-
mas de trabajo concretas. Estas reglas de procedimiento ocupan un lugar central
en las relaciones de trabajo. Con el paso del tiempo, estas reglas pueden cambiar
con las variaciones del entorno y del estatus relativo entre los actores. Estas reglas
de procedimiento distinguen un sistema de relaciones laborales de otro, pero tam-
bién están relacionadas con los imperativos tecnológicos, del mercado y los pre-
supuestarios. En la definición y administración de las reglas de procedimiento
juegan un papel central las autoridades públicas.
b) Reglas sustantivas, que hacen referencia a las reglas que gobiernan las com-
pensaciones; las obligaciones y actuaciones esperadas de los empleados, incluyen-
do las reglas disciplinarias y las reglas que definen derechos y deberes. El contenido
de las reglas sustantivas varía enormemente de un sistema a otro, especialmente
debido a los distintos contextos tecnológicos de los puestos de trabajo.