Editorial UOC 350 Teoría de las relaciones laborales...
previsiones del empresario sobre la celebración de nuevos contratos, con indi-
cación del número de éstos y de las modalidades y tipos de contratos que serán
utilizados, incluidos los contratos a tiempo parcial. También información de la
realización de horas complementarias por los trabajadores contratados a tiempo
parcial y de los supuestos de subcontratación8.
b) Recibir la copia básica de los contratos, en los casos previstos legalmente, y
la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos,
en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar.
c) Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que
la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, los de-
más documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones.
d) Emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario,
de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: 1) reestructu-
raciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de ésta;
2) reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones;
3) planes de formación profesional de la empresa; 4) implantación o revisión de
sistemas de organización y control del trabajo; y, 5) estudio de tiempos, estable-
cimiento de sistemas de primas o incentivos y valoración de puestos de trabajo9.
e) Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídi-
co de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.
f) Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empre-
sa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral.
g) Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves (inclui-
do el despido disciplinario). En este ámbito cabe tener en cuenta que, según los
tribunales, el incumplimiento de esta obligación de información por parte del
empresario no constituye defecto formal que anule el despido, sino mera infrac-
ción administrativa.
h) Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de ab-
sentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus
consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales
del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen.
8. Sobre los derechos de información: J.L. Monereo Pérez (1992). Los derechos de información
de los representantes de los trabajadores. Madrid: Civitas Ediciones.
9. En el caso de las letras d) y e) el informe deberá elaborarse en el plazo de 15 días y no es, como
regla general, vinculante para la empresa. Cabe tener en cuenta, no obstante, que la falta de ese
informe constituye infracción administrativa grave imputable al empresario.