Editorial UOC 341 Capítulo III. Ordenación jurídica...
1.3. La representación profesional en el régimen republicano
Con el advenimiento de la Segunda República, se aprueba la Ley de 27 de no-
viembre de 1931 de jurados mixtos, que sustituye a los comités paritarios. El tex-
to refundido de 1935 comprende dentro de la organización mixta profesional a
los jurados mixtos de trabajo industrial (que comprende también a los trabaja-
dores a domicilio) y a los del trabajo rural.
La representación profesional en la Segunda República va a instaurar –en pa-
labras de Martín Valverde–, un “sistema dual de representaciones profesionales”:
un primer ámbito donde aparecían los jurados mixtos y un segundo ámbito con
las asociaciones patronales y obreras, que podían aceptar o no el marco corpo-
rativo que les ofrecían los jurados mixtos, pero cuya actividad complementaria
quedaba pendiente del espacio libre que éstos les permitieran.
“Ante la situación que ofrecían las representaciones profesionales a la altura de 1931,
el régimen republicano adoptó una política de reformas del marco legal vigente que,
manteniendo buena parte de las normas precedentes, introducía varias innovaciones
de importancia. Una de ellas fue la sustitución de los comités paritarios de la Organi-
zación Corporativa Nacional por los jurados mixtos [...] Una segunda innovación fue
la aprobación de una regulación particular de las asociaciones profesionales, con la
Ley de asociaciones obreras y patronales de 8 de abril de 1932, que significaba el paso
de unas y otras del régimen común de las asociaciones a una legislación especial, he-
cha a la medida. Un tercer sujeto de representación colectiva de los trabajadores es-
taba presente todavía en el programa de la legislación laboral de este periodo: las
comisiones interventoras de obreros y empleados previstas para las empresas grandes
en un proyecto de ley de 1931. Pero este proyecto de ley, reiteradamente mencionado
por cierto en otras disposiciones legales de la época, no llegó a ser aprobado.”
Antonio Martín Valverde (1987). La formación del Derecho del trabajo en España. Ma-
drid: Congreso de los Diputados.
1.4. El Proyecto de Ley de intervención obrera
Se trata de un proyecto de Ley que suscribe el Ministro de Trabajo y Previ-
sión, Francisco Largo Caballero, durante la II República Española (20 de octubre
de 1931). En el preámbulo se justifica su oportunidad a partir de la idea de “con-
trol sindical obrero” o intervención obrera en las industrias, algo ya practicado