Editorial UOC 291 Capítulo II. Actores y modelos...
9.2.2. El derecho del trabajo como desmercantilización
relativa del empleo
El desarrollo del Estado del Bienestar ha supuesto la extensión de la desmer-
cantilización relativa del trabajo por medio del Derecho del trabajo y de la po-
lítica social. El Derecho del trabajo tiene también un carácter contradictorio y
una doble función. Es decir, por un lado, una función protectora de los traba-
jadores mediante garantías contractuales; y por otro, una función de conser-
vación del orden social existente mediante deberes. Así, derechos y deberes
aparecen estrechamente vinculados en el derecho del trabajo.
A pesar de todo, el Derecho del trabajo tiene como función la desmercan-
tilización relativa del trabajo mediante la racionalización pública (legislación
laboral y organización politicoadministrativa) y colectiva (autonomía colec-
tiva como instrumento de regulación de los procesos sociales). No se trata,
pues, de la desmercantilización absoluta del trabajo, ya que en este supuesto
existiría entonces una contradicción in extremis con el modo de producción
capitalista.
El pilar básico del sistema de relaciones laborales contemporáneo reside
en el establecimiento de reglas, normas y de instituciones sociales (derechos
de ciudadanía, sindicatos, asociaciones empresariales, etc.) para el encauza-
miento pacífico de los conflictos sociales y para frenar la actuación libre de
las fuerzas del mercado, atenuando las situaciones de desigualdad social y las
disfunciones que genera. Con ello, la lógica del mercado se modifica, pero
no se suprime, de modo que el Derecho del trabajo limita la lógica del mer-
cado y la racionalidad mercantil. Así, los derechos de desmercantilización no
son otros que los propios derechos sociales, los derechos de ciudadanía. Y los
derechos de ciudadanía son la base constitutiva del Estado del Bienestar con-
temporáneo.
En definitiva, el Estado integrador está estrechamente vinculado al mercado
de trabajo en las sociedades contemporáneas. El concepto de ciudadanía social
se concibe como un marco juridicopolítico en el cual se enmarcan las preten-
siones y expectativas de cada uno de los ciudadanos (los cuales pretenden obte-
ner ante el Estado las garantías de seguridad y de trabajo). El siglo XX, que
comenzó con un clamor social que reclamaba derechos y seguridades en el tra-