Editorial UOC 269 Capítulo II. Actores y modelos...
crecimiento de los salarios, el control de la inflación, los tipos de contratos la-
borales, la determinación del tiempo de trabajo, la edad de jubilación y ciertos
compromisos para crear empleo. En algunos países hay asociaciones empresa-
riales específicas para negociar en el ámbito laboral. Los casos más claros son los
de Alemania, Suecia y Suiza, donde hay dos asociaciones: una específica como
empleadores para negociar y contratar con los sindicatos (BDI, SI y SV respecti-
vamente), y otra (como emprendedores y productores) para asuntos económi-
cos, comerciales y técnicos (BDA, SAF y ZSAO respectivamente).
En el terreno de la negociación colectiva, esta función la asumen las asocia-
ciones sectoriales, mientras que en el plano de la concertación nacional lo hacen
las confederaciones. En los acuerdos de las asociaciones empresariales sectoriales
se pueden distinguir tres tipos: los completos y parciales.
a) Los acuerdos mínimos en materia salarial: pueden ser asumidos por todas las
empresas del sector, pero dejando la posibilidad de que algunas, singularmente,
suban los salarios por encima de estos acuerdos. El contenido de los mismos sue-
le ser limitado en lo que respecta a otras condiciones de trabajo. Las condiciones
de trabajo se fijan de forma más amplia en la empresa, por medio de acuerdos
formales e incluso informales. Posiblemente, ésta sea la forma más extendida de
acuerdos, que se encuentra en la industria mecánica y química, entre otras. En
algunos países, como en Gran Bretaña, los acuerdos no son propiamente secto-
riales, sino multiempresas, porque no abarcan la totalidad de las empresas del
sector (Sisson, 1988).
b) Los acuerdos completos: representan el extremo opuesto. Las tarifas salaria-
les se tienden a ajustar a los niveles salariales aplicados en el ámbito de empresa.
Se trata de acuerdos estandarizados, que apenas tienen posibilidades de ampliar
otros complementos en el ámbito de empresa, a no ser cuestiones relativas al
horario, horas extras y turnos. Se encuentran en sectores como el eléctrico y el
transporte, entre otros.
c) Los acuerdos parciales se sitúan entre los dos. Por un lado fijan niveles sa-
lariales mínimos o básicos, que con frecuencia se complementan con listas estan-
darizadas de trabajo o con suplementos asignados a la realización de tareas. Este
tipo de acuerdos sectoriales tiende a ser más propio de las pequeñas y medianas
empresas, como el calzado, las artes gráficas, la construcción, etc.