Editorial UOC 142 Teoría de las relaciones laborales...
En la tabla 8, destacamos la dimensión organizacional.
Tabla 7
Impacto macrosocial de la flexiprecariedad
Individualización de las relaciones laborales, transformadas en relaciones comerciales
Desregulación del mercado laboral
Conversión del empleo atípico en norma estadística, regla social y paradigma ocupacional
Compresión del ámbito del empleo formal y ampliación del del trabajo invisible (sombra)**
Minimización del campo de aplicación del Derecho del trabajo
Implantación de las ETT como empresas de explotación de mano de obra barata y precaria
Evaporación o difusión de la “clase trabajadora”(¿?) ***
Desfundamentación de los derechos sociales construidos sobre los laborales
Emergencia de una nueva subcategoría laboral de pobreza y exclusión social
*Emergencia de la subclase integrada por empleados pobres y por pobres desempleados.
**Shadow Work (IIlich, 1981).
***En un mundo donde el capital se mueve libremente a escala global y el trabajo permanece mayoritariamente anclado en lo local, el
“proletariadoque “trabaja” para capital de origen estadounidense se encuentra disperso por buena parte de Asia.
Tabla 8
Impacto organizacional de la flexiprecariedad
Disponibilidad de una nueva clase de personal: el precario cualificado*
Exteriorización del riesgo desde dentro hacia fuera de la organización
Desplazamiento del riesgo desde el capital hacia el trabajo
Concentración del riesgo en el personal desechable, periférico, satélite, subempleado
Maximización de los beneficios del capital por minimización de los costes laborales
Refuerzo de los dispositivos de disciplinización y control del personal trabajador
Aumento de la tasa de accidentalidad laboral en el personal subcontratado
Reducción de calidad en productos y servicios de organizaciones laboralmente precarizadas
Deterioro del clima laboral
Descapitalización social de la empresa
Vulnerabilidad psicológica y social de personas y familias en precariedad laboral
*En todo el mundo, empresas privadas y públicas (en ámbitos como los de la sanidad, la educación, la investigación o la comunicación)
compiten abiertamente en la optimización económica de la gestión de sus recursos: en ellas, personal cualificado que realiza tareas
cualificadas recibe la remuneración y la consideración de “desechable”. Éste es el caso, en España, del PIF (personal investigador en
formación), cuya beca miserable está sujeta al IRPF (capítulo “Rentas del trabajo”), pero cuya persona no tiene reconocidos derechos
laborales elementales (seguridad social, prestaciones por desempleo, pensiones, etc).